La censura de la palabra

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From the series: Oberta #224
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19. Verschueren (2012: 9, 13 y pássim).

20. Disponible en línea: <http://www.nature.com/nature/journal/v482/n7384/full/482153a. html>, consulta: 31-01-2012.

21. Taylor (2007: 25), Castells (2009: 33). Benigno (2013: 175-198) expone la evolución de distintas teorías sobre el concepto de poder.

22. Goffman (1972: 44). La relación asimétrica entre los participantes en una interacción es estructural en la comunicación institucional, es decir, a cada uno le corresponden diferentes tipos de derechos y obligaciones (Thornborrow, 2002: 4).

23. Tellechea (2003, 2004), Kamen (20042: 157-160).

24. Chilton y Schäffner (2000: 306). La legitimación de la actuación de una institución o de un grupo social se corresponde con la justificación en el caso de una persona particular (van Dijk, 1999: 319).

25. Castells (2009: 33 y 39). Van Dijk (2009: 26, 41, 122, 157 y pássim) utiliza este término para algo distinto: el abuso del poder social por parte de un grupo social. La dominación de van Dijk engloba diversos tipos de «abuso de poder comunicativo», tales como la manipulación, el adoctrinamiento o la desinformación. Curran (2005: 126-128) disiente de este tipo de teoría porque, en su opinión, obvia las contradicciones de cualquier grupo social y presenta una falsa homogeneidad en los grupos de poder.

26. Van Dijk (2000: 43), Fairclough y Wodak (2000: 370). Estos autores de análisis crítico del discurso toman el concepto de hegemonía del filósofo marxista Antonio Gramsci. La hegemonía consistiría, en opinión de Gramsci, en una dirección política, moral, cultural e ideológica que parte de una clase social que domina económicamente. En concreto, en la Italia de las primeras décadas del siglo XX, Gramsci encuentra como hegemónico el pensamiento de Benedetto Croce. En su opinión, era un pensamiento hegemónico en la burguesía y se filtraba hasta el proletariado italiano. Por cierto, la intención de Gramsci no era evitar cualquier pensamiento hegemónico, sino reemplazar el burgués por otro propio de la clase obrera, esta vez guiado por los intelectuales del Partido Comunista (Gruppi, 1978).

27. Lazar (2008).

28. Van Dijk (2009: 40-41).

29. El Tribunal Europeo de Derechos Humanos en una sentencia de junio de 2003 consideró que negar los crímenes contra la humanidad es un modo de difamación racial a los judíos (Muñoz Machado, 2013: 204).

30. Para ello, entre otras medidas recomienda marcar con «confidencial» o términos similares los documentos que contengan este tipo de información y propone que exista un cargo u órgano del emisor responsable de las medidas de control de la información privilegiada dentro de la empresa. La Comisión Nacional del Mercado de Valores denomina filtración a la difusión selectiva de este tipo de información. (Disponible en línea: <http://www.cnmv.es/cnmvdia/decetes/Borrador_Guia_Inf_Terceros.pd>, consulta: 10-12-2015).

31. Disponible en línea: <http://en.wikipedia.org/wiki/Anonymous_(group)>, consulta: 10-8-2014.

32. Harris (2007).

33. Escolar (1989: 32). Por cierto, no hay que extrañarse por la bebida: la academia humanista –inspirada en Platón– estaba más próxima del «simposio» griego que del «seminario» germánico del XIX (Burke, 2002: 56).

34. Gil (20073: 173-174 y 355), Kleberg (1995: 96), Fuld (2013: 30 y 44).

35. Fuld (2013: 47).

36. Burke (2012: 142 y 172).

37. «La discipline est un principe de contrôle de la production du discours. Elle lui fixe des limites par le jeu d’une identité qui a la forme d’une réactualisation permanente des règles» (Foucault, 1971: 37-38). En la historia, conocimientos que se consideraban científicos como la astrología, la frenología, la parapsicología, la psicología de los pueblos o la eugenesia han pasado a considerarse pseudociencia –término que comenzó a utilizarse en inglés en la década de 1840–(Burke, 2012: 182-191).

38. Noelle-Neumann (2003 [1984]: 259-260).

39. «Es una obra muy licenciosa; pero no es malo, para un hombre serio, hojearla y aprender a conocer la infamia del mundo» (Pepys, 2003 [1660-1669]: 342).

40. Por ejemplo, la morosa delectatio, es decir, el representarse mentalmente algo ilícito. Se trata de un hecho que, en opinión de muchos, favorecía la lectura de novelas de caballerías y de amores, llegando, incluso, a considerar el influyente jesuita Antonio Possevino que la lectura de estos géneros había preparado el campo para el protestantismo en la nobleza francesa (Fragnito, 2010: 46; Vega, 2012: 27).

Capítulo 3

EL MENSAJE CENSURABLE

3.1 LOS ACTOS DE HABLA COMO AMENAZA

De lo visto hasta el momento, se puede concluir que quien censura busca que los demás respeten una ideología como si se tratara de una norma de actuación, porque posee, o detenta, en un momento determinado el poder de hacerlo. Intentemos ahora iluminar con más precisión esta relación entre censurado y censor. Recordemos que los seres humanos no solo efectuamos acciones cuando abrimos una puerta, montamos en el autobús o tendemos la colada; también las realizamos cuando preguntamos la hora, pedimos un billete de tren o comentamos que el arroz está pasado. Tanto en un caso como en otro hemos cambiado el mundo; así, al cabo de unas horas de tender la ropa la recogeremos seca y, así mismo, puede que el cocinero se lleve un buen disgusto si se le dice que ha cocido demasiado el arroz –como veremos, se ha atacado su imagen positiva con nuestra queja, es decir, la imagen de buen cocinero que quiere presentar–. Con nuestras palabras actuamos, pues, sobre otras personas y ellas, que también hablan, actúan sobre nosotros, de ahí que se considere la comunicación verbal como una interacción.

En la interacción propia de la censura existen al menos dos acciones: una acción que pudiera considerarse amenazante para la ideología del censor –el mensaje censurable– y una acción reactiva por parte de este contra la libertad del emisor, del receptor o de ambos –el acto censorio–. En los dos casos hallamos actos que –como veremos–, de acuerdo con los conceptos desarrollados por la teoría pragmática de la cortesía, amenazan unas imágenes sociales.

Centrémonos, en primer lugar, en el acto de quien emite el discurso: el mensaje censurable. De acuerdo con Austin, en él se distinguen: un acto locutivo, un acto ilocutivo y un acto perlocutivo (§ 1.1). No obstante, este último no es de la misma naturaleza que los primeros. El propio Austin admite que es posible que un acto ilocutivo no se corresponda con un acto perlocutivo determinado –quien pretende halagar con una aseveración, por ejemplo, en realidad, puede ofender–.1 Esta diferencia hace que Searle (1980 [1969]) hable no de «acto» perlocutivo, como Austin, sino de «efecto» ilocutivo (illocutionary effect).

Detengámonos en un ejemplo para comprender lo peculiar de los efectos ilocutivos. Al poco de terminar la Segunda Guerra Mundial, Primo Levi (2010: 354) encontró en la ciudad polaca de Katowice a una anciana alemana. Esta mujer había enviado en 1938 una carta a Adolf Hitler en la que le aconsejaba no comenzar una guerra y le anunciaba que, si lo hacía, sería derrotado. Podemos pensar que el efecto ilocutivo que ella buscaba era el cumplimiento del consejo; sin embargo, a los pocos días miembros de la Sección de Asalto del partido nazi (SA) destrozaron su casa y su tienda, y dos semanas después la Gestapo la expulsó de Berlín: su advertencia –acto ilocutivo– había ofendido al régimen y esta ofensa –efecto ilocutivo– había tenido consecuencias distintas de las buscadas. Realidades como esta llevaron a John Searle (1998: 124-125) a considerar que, frente a los actos ilocutivos, los efectos ilocutivos no son intencionales. No hay pregunta –acto ilocutivo– si no existe intención de hacer pregunta, pero, en cambio, alguien puede sentirse ofendido o consolado sin que exista necesariamente por parte del hablante intención de hacerlo.

Para explicar la reacción del censor, a esta primera circunstancia se ha de unir otra no menos importante: en los casos de censura quien reacciona a lo dicho por un emisor no es únicamente su destinatario o alocutor –aquel a quien se dirige–, sino un tercero para quien, en principio, no está pensado el mensaje; con otras palabras, el censor reacciona a mensajes cuyo emisor no formuló necesariamente pensando en él. Obsérvese que textos tan antiguos como la Biblia o el Corán (siglo VII) se incorporaron a la lista de unos cien libros prohibidos que en 1926 elaboró Nadezhda Krúpskaya, viuda de Lenin y encargada del Departamento de Educación Pública;2 tres años más tarde la aduana de EE. UU. impidió la importación de una edición de Las confesiones de Jean-Jacques Rousseau (siglo XVIII) y en 1930 un tribunal del mismo país prohibió las Cartas de amor a Eloísa de Abelardo (siglo XII); en fin, el ayatolá Jomeini proscribió en 1980 el Libro de los reyes de Ferdousí (siglo X).3 En todos estos casos quien escribió los textos censurados no tenía en mente su efecto ilocutivo en la ideología de quien los iba a censurar siglos después.

 

Asimismo, esta censura diferida en siglos demuestra que la distancia entre la intención comunicativa del emisor y aquello que el censor prohíbe y/o castiga pueda ser enorme. En la posguerra española un comerciante quiso homenajear al régimen llamando a su tienda de material eléctrico: «Por el Amperio hacia Dios» –remedando con una paronomasia el lema de los primeros años de la dictadura: «Por el Imperio hacia Dios»–; sin embargo, la censura de la época, pese a compartir el mismo grupo político, no se lo consintió.4 Aquello que en opinión del comerciante ensalzaba el régimen lo ofendía en la de los censores.

¿Por qué esta censura a textos que, en principio, carecen de una intención comunicativa censurable? Sabemos que la comunicación humana no se fundamenta únicamente en la codificación y descodificación de enunciados sino especialmente en la comprensión de lo que el hablante ha querido comunicar (§ 1.3). El discurso del hablante constituye un estímulo ostensivo para que el oyente logre comprender lo que ha intentado comunicar. Sin embargo, el censor advierte que los textos se pueden comprender de un modo distinto a la intención comunicativa de quien los redactó.

David R. Olson (2009) defiende una explicación para el hecho de que los textos escritos constituyan una invitación a diferentes interpretaciones. Compara la escritura con el discurso reproducido: quien enuncia un discurso como cita no se compromete con la verdad de lo que dice. Es distinto: «Me gustan las acelgas» que «He escuchado: “Me gustan las acelgas”». En el primer caso, quien habla mantiene que a él le gustan las acelgas y, si las rechaza a la hora de comer, podremos acusarle de no haber dicho la verdad. En el segundo caso, si no come las acelgas, no podremos mantener que ha mentido, pues se limita a reproducir lo que ha dicho otro. Con otras palabras, quien profiere una cita –como en el segundo caso– menciona una expresión, pero no la asevera como verdadera. Dicho esto, Olson propone comprender los textos escritos como citas. De este modo, quien los lee se siente de algún modo independiente de la intención de quien los escribió.5

En definitiva, un mensaje no es censurable en sí mismo –esto es, independiente de toda circunstancia– sino para un censor particular en un momento determinado. Así, un criterio que nos sería extraño en la actualidad, pero que han compartido varias ideologías censorias en momentos históricos determinados, ha sido el de «utilidad» o «provecho». De acuerdo con él, se puede prohibir una obra no porque ofenda directamente la ideología del censor, sino porque, en su opinión, carece de valor para quien la pudiera leer. En la Edad Moderna tanto el Consejo Real de Castilla como la Inquisición utilizaron la ausencia de utilidad, provecho, enseñanza o, al menos, gusto para justificar la prohibición de obras que no presentaban problemas doctrinales.6 Ello explica que tanto en el memorial de solicitud de licencia en el Consejo como en la censura de aprobación se añadieran informaciones sobre los beneficios que traería la publicación de la obra.7 Algo semejante se produjo en la GlavLit de la URSS:8 de 1938 a 1939 se prohibieron 4.512 títulos por considerarse que carecían de valor para el lector soviético.9

En los apartados siguientes, se van a analizar algunos criterios para explicitar esta relación entre un mensaje y la reacción del censor.

3.2 LA IMAGEN

El historiador de las ideas Isaiah Berlin (2004: 205-255) distinguió dos tipos de libertad: la libertad positiva y la libertad negativa. En esta distinción seguía el pensamiento liberal que se había desarrollado en el siglo XIX como reacción a los excesos de la Revolución francesa: la Asamblea, al tiempo que era elegida libremente por los ciudadanos, condenaba a la guillotina a algunos de ellos por sus ideas.10 En opinión de Berlin, gozo de libertad positiva cuando, como en la Francia revolucionaria, elijo a quienes me gobiernan y, en cambio, disfruto de la libertad negativa cuando otros no interfieren en mi actividad, es decir, cuando no me guillotinan por mis ideas. En el caso de la libertad negativa, cuanto mayor sea el espacio de no interferencia, mayor será mi libertad.

El censor limita la libertad de las personas, para lo que actúa principalmente sobre dos objetos: el mensaje y los participantes en la interacción. Prohíbe el mensaje –con términos censorios: aspecto «preventivo» de la censura– y castiga a los participantes –aspecto «punitivo»–. Se ha de tener también presente que el castigo suele traer consigo efectos sobre los mensajes tales como una autocensura posterior, la prohibición de la creación de nuevos discursos o de la difusión de los ya creados.

Dentro de los estudios de pragmática, el concepto de libertad negativa de los politólogos se puede relacionar con el de imagen negativa (negative face) de los pragmatistas.11 Como ya hemos visto (§ 1.2), el concepto de imagen procede del sociólogo canadiense Erving Goffman (1972) y permite diferenciar entre la persona de carne y hueso y aquella representación de sí misma que pretende proyectar ante los demás. Esta imagen posee para la antropóloga Penelope Brown y el lingüista Stephen Levinson dos aspectos relacionados: la imagen positiva y la imagen negativa.

De un lado, la imagen positiva constituye la imagen de sí mismo que el hablante requiere que los demás admitan –v. gr. «soy una persona honrada, se gura de que mis ideas mejorarán la sociedad»–.12 Teniendo en cuenta este concepto, se puede considerar que el mensaje que, en opinión del censor, merece su actuación constituye un acto que amenaza una imagen positiva de la que formaría parte su ideología. De otro lado, igual que sucedía con la libertad negativa de Berlin, la imagen negativa de Brown y Levinson (1987: 13, 61 y pássim) consiste en el deseo de no vernos impedidos en nuestras acciones. Una prohibición, un mandato o una simple pregunta se entrometen en nuestra imagen negativa, esto es –ahora con un término de Goffman– en nuestro territorio, ya que quien los recibe se tiene que ocupar en hacer algo que, sin esa acción externa, no haría. Si alguien me ordena, pongamos por caso, limita mi libertad, porque me apremia a actuar. Se puede considerar, pues, que, por su parte, quien lleva a cabo un acto censorio amenaza la imagen negativa13 del censurado al limitar su libertad de comunicar algo a otros.

Si se admite este acercamiento –ideología del censor/imagen positiva y libertad negativa del censurado/imagen negativa–, para analizar la interacción censoria se puede recurrir a la fórmula que trata de explicar los actos de habla amenazadores (face-threatening act [FTA]) en la teoría de la cortesía de Brown y Levinson (1987). Estos autores tienen en cuenta tres variables sociológicas: distancia social (social distance), poder relativo (relative power) y grado de imposición de un acto en una cultura determinada (rank). Con estas variables Brown y Levinson presentan una fórmula para calcular el peso (weightiness) de un acto que amenaza la imagen (Pesox):

Pesox = Distancia (hablante, oyente) + Poder (oyente, hablante) + Grado de imposiciónx14

Variemos ahora la ecuación para aproximarnos a una mejor descripción del mensaje censurable. Por lo pronto, tendremos el acto amenazante para la imagen/ideología del censor:

Pesox = Poder relativo (censor, censurado) + Distancia (censurado, censor) + Grado de imposiciónx

Siendo x el mensaje, su peso como amenaza a la ideología del censor –que es parte de su imagen positiva– dependerá del poder relativo –con otras palabras, la relación de control (§ 3.3)– que posean el censor y el censurado, la distancia social entre uno y otro (§ 3.4), y el grado de imposición que constituya aquello que quiere comunicarse con x (§ 3.5).

De acuerdo con esta ecuación, la amenaza a la ideología del censor será menor si quien puede ser censurado se sitúa en una posición jerárquica superior al censor –v. gr. el Ministerio de Información del régimen franquista no ejercía censura previa a los discursos de Franco–, si existe una cercanía social del censurado en relación con el censor –v. gr. los censores se ocupaban más de los mensajes de aquellos que no eran adictos al régimen–, ni si aquello que se decía no pretendía cambiar la ideología que se debía defender –v. gr. en 1944, quedaron eximidos de la censura previa la literatura española anterior a 1800, los textos exclusivamente musicales y aquellos con letra anteriores a 1800, y los de carácter técnico y científico–.15

El manejar tres variables –poder relativo, distancia social y grado de imposición– puede explicar mejor casos como el del ciudadano ucraniano Leonid Niévod, que permaneció internado de 1957 a 1964 en un campo de trabajos forzados –acto punitivo del censor– por haber dicho que bajo el gobierno rumano había más embutido16 –mensaje amenazante a la ideología del censor–. Lo que pudiera considerarse un acto con un pequeño grado de imposición –una declaración sobre un asunto menor– se convertía en una ofensa grave por la enorme distancia social entre las personas y el poder soviético.

3.3 PODER RELATIVO. EL CONTROL

Los grupos censores –institucionales o no– tendrán más poder cuanto más control puedan ejercer sobre los demás, es decir, en la medida en que consigan que otros actúen como desean.17 El poder de la Inquisición hispana disminuyó con el paso del tiempo. Mientras que el inquisidor general Fernando de Valdés, para mostrar la independencia de la institución que dirigía, prohibió en su índice (1559) al menos una obra de un miembro destacado de cada una de las principales órdenes religiosas –incluida la suya propia de predicadores–; Carlos III impuso dos siglos después (1768) al Tribunal del Santo Oficio que «oiga a los autores católicos, conocidos por sus letras y la fama, antes de prohibirse sus obras» y que, en caso de haber fallecido o ser extranjero el autor, se nombre un defensor.18 Del siglo XVI al XVIII el poder del censor inquisitorial había disminuido. En la Francia de la Ilustración era obligado el anonimato del censor que calificaba las obras, entre otros motivos, para evitar la presión de algunos autores y editores socialmente bien situados. En una memoria de Malesherbes, director de la Censura Real francesa de la época, se quejaba de que ciertos autores y editores perseguían a los censores con agresividad.19

Es conveniente distinguir entre esta variable y las otras dos –distancia social y grado de imposición–, pues ello nos permite observar que un mayor control no se tiene que identificar necesariamente con una mayor censura; así, por ejemplo, la compleja organización y los medios tecnológicos de los estados democráticos actuales permiten un control mayor que el propio de la Inquisición del siglo XVI, pero las limitaciones legales hodiernas disminuyen la distancia social entre el censor y el censurado, es decir, aumentan una relación social de simetría. Cuando esta distancia varía –pongamos por caso, con un cambio de la legislación–, se puede ejercer la censura de un modo distinto. A raíz del incendio del Reichstag el 27 de febrero de 1933, el presidente alemán Paul von Hindenburg firmó un decreto por el que se suspendían distintos derechos civiles. De acuerdo con esta nueva situación, en la misma tarde de la publicación del decreto distintos operarios comenzaron a tapar con papeles blancos los carteles electorales de los partidos de izquierda de las vallas y las columnas de anuncios: se había prohibido su propaganda.20 Es decir, la capacidad de control del Gobierno alemán era similar a la del día anterior, pero la distancia social (§ 3.4.1) entre Gobierno y gobernados había aumentado.

 

3.4 LA DISTANCIA ENTRE EL CENSOR Y EL CENSURADO

Como todos sabemos, la distancia social entre dos desconocidos es mayor que aquella entre dos familiares cercanos, por ello, cuando se produce una interacción –una broma idéntica, por ejemplo– puede ser más amenazante a la imagen de otra persona con la que no se tiene relación que a la de un hermano. Este mismo hecho se puede encontrar en la interacción censoria; así, en los estados autoritarios la distancia entre el censor y el censurado se abisma, no son ya dos ciudadanos con los mismos derechos y obligaciones ante la ley. En el régimen soviético la distancia era extrema. Una vendedora tomó nota del número de pastillas de jabón que acababa de recibir en el primer papel que tuvo a mano. Mala suerte, lo hizo en una hoja de periódico justo en la frente de una foto de Stalin. La condena fue de diez años. Un tractorista se calzó para calentarse los pies una octavilla oficial en uno de sus zapatos: otros diez años. Y, en fin, veinticinco años de condena a Irina Tuchínskaya por rezar –se supone que silenciosamente– por la muerte de Stalin.21

3.4.1 La identidad social

El grupo social del censor mantiene una identidad entre cuyas propiedades se encuentra una ideología. Como sucede con la imagen que se considera en las teorías de la cortesía, la identidad no solo se tiene sino que también se negocia con los otros.22 La posición social de estos otros participantes y su distancia en relación con el censor es esencial para explicar su reacción. Siempre han existido individuos que por su cercanía al censor se han librado de sus prohibiciones (§ 5.2.2). Ya los reglamentos medievales de la biblioteca de la Universidad de París permitían la consulta de los libros heréticos a aquellos profesores de teología que debían refutarlos.23 El censor se identificaba por compartir una misma ideología con los teólogos ortodoxos.

Esta cercanía con el censor también se puede conseguir por la adscripción a otra identidad grupal. En septiembre de 1978, el periódico argentino La Razón cargó contra el libro de catequesis Dios es fiel. Su autora era la religiosa Beatriz Casiello. La incriminación del texto por la dictadura trajo un conflicto de jurisdicciones con la Iglesia católica. Rossi, obispo de San Nicolás, recordó en un comunicado que «la única autoridad competente en materia de doctrina católica y su transmisión es el Sumo Pontífice» (cito por Invernizzi y Gociol, 2003: 203). Esta declaración eclesiástica trajo que la identidad social de la hermana Casiello pasara de ser la de una argentina de a pie a la de una religiosa miembro de la Iglesia católica, institución con la que el régimen deseaba mantener buenas relaciones. En definitiva, la distancia social se acortó.

3.4.2 La identidad de género

La identidad de género24 es una de las más enraizadas en el ser humano. Se desarrolla al tiempo que la identidad personal en los dos primeros años de la vida. El género es determinante en las interacciones en la mayor parte de las sociedades, aunque su influencia puede variar de unas sociedades a otras.25 Por lo general, los censores han sido hombres, pero quien es censurado a menudo es una mujer. En este caso, a las diferencias ideológicas se suman las diferencias de género. Los varones censores no se identifican con las mujeres –se sienten «nosotros» frente a «ellas»–. En la Iglesia la cita de san Pablo:

Como en todas las Iglesias de los santos, que las mujeres permanezcan calladas durante las asambleas: a ellas no les está permitido hablar. Que se sometan, como lo manda la Ley. Si necesitan alguna aclaración, que le pregunten al marido en su casa, porque no está bien que la mujer hable en las asambleas (Corintios, I, 14: 33-35).

ha servido como argumento para que teólogos de distintas épocas hayan defendido el silencio de las mujeres sobre asuntos espirituales.26

La discriminación sexual en el uso de la palabra continúa en muchas sociedades, en algunos casos de un modo extremo. Recientemente, los talibanes afganos han impedido la asistencia de las mujeres a la escuela y aquellas que ya tenían formación –profesoras, traductoras, médicas, abogadas o escritoras–eran forzadas a permanecer en sus casas.27 No obstante, solo hay que retroceder algo en el tiempo para encontrar que en el censo de 1797 las escuelas españolas de niños se denominaban «de primeras letras» y las de niñas «de enseñanza». Esta diferencia se debía a que en estas últimas se aprendían forzosamente el catecismo y las labores, pero no necesariamente las letras. No era extraño que, incluso, una maestra española de niñas del siglo XVIII no supiera escribir. El aprendizaje de la lectura y escritura en las escuelas de niñas no fue obligatorio hasta los reglamentos de enseñanza de la década de 1820.28

En este ambiente de discriminación de género, muchas mujeres han ideado estrategias para evitar la censura acercando su identidad a la del censor. Aquellas que escribían sobre asuntos religiosos en los Siglos de Oro podían mostrar que, en realidad, su obra no era original, sino un compendio de sermones y de libros de doctrina, compuestos por varones sabios.29 Por otra parte, sabiendo que la Inquisición ponía una especial atención en los textos que narraban experiencias místicas,30 para ampararse del censor, las religiosas recurrían a distintos medios para narrar sus vivencias. Una posibilidad era hacer notar que escribían una autobiografía espiritual por mandato de su confesor, cuyo nombre, en caso de que se publicase, frecuentemente figuraba como autor. El padre Jerónimo Gracián mandó escribir Las Moradas a Teresa de Jesús y la santa comienza su obra con: «Pocas cosas que me ha mandado la obediencia se me han hecho tan dificultosas como escribir ahora cosas de oración» (Teresa de Jesús, 1984 [1577]: 271). Esta circunstancia, si bien no impedía la actuación del Santo Oficio, sí limitaba la censura de la propia congregación, temerosa casi siempre de ser objeto de algún tipo de persecución inquisitorial.31 María de Ágreda, por ejemplo, quemó sus escritos cuando, fallecido su confesor, perdió su protección.32

3.5 EL GRADO DE IMPOSICIÓN

Otra variable de la ecuación de Brown y Levinson (1987) en su estudio de la cortesía es el grado de imposición. Dentro de las peticiones, la de solicitar un bolígrafo tiene un grado imposición menor que pedir prestado un coche, pues sabemos que, en nuestra sociedad, los bolígrafos cuestan menos que los automóviles y que los objetos más caros se prestan más difícilmente por el perjuicio que supondría perderlos o que se deterioraran. Del mismo modo, según cuál sea la ideología del censor, este puede advertir mayor o menor el grado de imposición en aquello comunicado.

Existen, no obstante, distintos recursos para disminuir el grado de imposición de un mensaje que pudiera considerarse amenazante para la ideología del censor. Se trata de un modo de autocensura de la formulación (§ 5.1). No se suprime por completo aquello que se desea comunicar, pero se modifica la manera de expresarlo en relación con aquella otra que se hubiera empleado si no hubiera habido censura.

3.5.1 La atenuación

La atenuación es una estrategia discursiva que mitiga la fuerza del acto ilocutivo de un mensaje y, en consecuencia, su grado de imposición. Quien recurre a atenuar un mensaje busca, pues, que quien lo recibe lo perciba como menos amenazante para su imagen –en nuestro caso, para su ideología–. Ello explica que, después de una primera censura de Los clarines del miedo (1958), Ángel María de Lera sustituyera las expresiones que debía expurgar –segmentos amenazantes– por otras formas atenuadas.33 Los toreros protagonistas pasan de decir «puta» a «mala», «cachonda» a «frescachona», «toma, hijoputa» a «toma, castrón», «son unos cabrones» a «son unos bestiajos», «mira que es puñetero» a «mira que es aprovechado» o «la puta del pueblo» a «la perdida del pueblo».34 Con correcciones de este tipo la obra se pudo publicar.

3.5.2 La intención informativa

Otro remedio para disminuir el grado de imposición de un acto amenazante es manifestar únicamente una intención informativa. Dan Sperber y Deirdre Wilson (19952) diferencian dos tipos de intenciones en la comunicación humana: una intención informativa y una intención comunicativa. Grice (1957) se había ocupado de la intención comunicativa, a la que denominaba significado del hablante (§ 1.3), pero ahora nos interesa especialmente la primera. Con la intención informativa el hablante pretende únicamente dejar manifiesto a su interlocutor un conjunto de suposiciones, sin que quede también manifiesto que él quiere intencionalmente comunicar eso. En cambio, con la intención comunicativa –la habitual en nuestras conversaciones– el hablante quiere comunicar algo y quiere dejar claro a su interlocutor que él quiere comunicarlo. En casi todos los casos de comunicación humana se da esta intención comunicativa, pero no siempre es así: un hablante puede comunicar algo sin tener intención comunicativa de hacerlo, tan solo informativa. Un editorial titulado «La crisis del elogio», en el que se criticaba el culto a Stalin, pasó la censura franquista. El periódico esperó a publicarlo un 18 de julio, aniversario de la sublevación –el Alzamiento Nacional– de Franco contra la II República. Ese día todos los diarios se deshacían en loas al general.35 La intención en este caso no es comunicativa –no se manifiesta expresamente una crítica de las alabanzas a Franco–, aunque existe una intención informativa: el periodista pretendía comunicar algo, pero de modo que no se le pudiera acusar de ello. Únicamente porque se ha contado con posterioridad, se puede asegurar esta intención. Algo semejante sucedía con las crónicas que en 1974 los periodistas españoles mandaban de la Revolución de los Claveles de Portugal. El desmantelamiento de la dictadura portuguesa se podía comprender como una reivindicación para que sucediera lo mismo Tajo arriba,36 pero no había intención comunicativa en los textos, tan solo informativa.

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