Repensar la educación en derecho internacional en América Latina

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En sacrificio del pasado: un diagnóstico de la enseñanza del derecho internacional en Guatemala

Carlos Arturo Villagrán Sandoval

Luis Pedro Cazalí

Introducción

Este ensayo tiene como propósito mostrar las características, en específico las deficiencias, de la enseñanza del derecho internacional en Guatemala. En concreto, el texto, a través de un análisis crítico pedagógico del contexto de la realidad de la educación jurídica guatemalteca y una aproximación epistemológica del uso y producción de la doctrina en la investigación legal, determina que la academia actual y su enseñanza en la materia Derecho Internacional es de carácter bancario, conceptual y funcionalista. Es bancario, ya que se basa solamente en trasmitir conceptos a sujetos pasivos que se dedican a memorizar sin realizar una cognición propia; conceptual, por cuanto busca trasmitir aquellos conceptos legales bajo una visión extranjera o eurocéntrica del derecho internacional a través de medios pedagógicos que refuerzan un estudio descontextualizado del derecho; y es funcionalista, ya que su investigación se concentra en recopilar conceptos sin análisis, en su mayoría extranjeros y en detrimento de aquellos concebidos en la propia región centroamericana. El resultado, la pedagogía del derecho internacional en Guatemala sacrifica el desarrollo de la consciencia propia centroamericana que se gestaba en la primera mitad del siglo XX, la cual tenía como base una forma de pensamiento que buscaba armonizar lo cosmopolita con lo parroquial, y al mismo tiempo reconocía sus límites en una geopolítica difícil de maniobrar.

Este ensayo toma una aproximación pedagógica y epistemológica crítica de la enseñanza del derecho internacional en Guatemala por el siguiente motivo, relacionado a la aproximación pedagógica: presenta un retrato de la realidad guatemalteca en el proceso de educación. Partiendo de la experiencia de autores y de la teoría de la pedagogía crítica, este ensayo plasma una reflexión sobre la situación de la enseñanza del derecho internacional actualmente en Guatemala, y de cómo los estudiantes y distintas universidades presentan una visión del derecho internacional que es alejada, elitista y llena de conceptos memorísticos. Una vez determinado el contexto de Guatemala, el ensayo procede al análisis crítico epistemológico para identificar los procesos de razonamiento que hacen que la enseñanza del derecho internacional en Guatemala sea de naturaleza conceptual y funcionalista, mostrando que ha ocurrido un sacrificio del estudio de una consciencia jurídica regional.

Para mostrar este conceptualismo funcionalista bancario en la pedagogía e investigación del derecho internacional en Guatemala, y sus efectos en el retroceso y olvido de una consciencia jurídica histórica regional, este ensayo se divide de la siguiente manera: en la primera parte, expone la realidad de la enseñanza del derecho internacional en Centroamérica. Muestra que, al día de hoy, en Guatemala hay escasa producción académica en la materia de derecho internacional y los cursos que se imparten son de una epistemología conceptual, los cuales exhiben una preferencia de enseñar lo internacional ante lo nacional. En la segunda parte, toma una aproximación sociológica para determinar los síntomas exógenos que afectan la enseñanza del derecho internacional. En sí, muestra que la educación está hecha para satisfacer un mercado que prefiere la enseñanza de la aplicación de procesos y conceptos aplicable en Guatemala, lo que es distinto en derecho internacional, ya que es visto como distante, elitista o no aplicable. En la tercera parte, el ensayo vira a la crítica epistemológica de la producción de doctrina y estudios del derecho internacional. Con ello, la investigación muestra que la academia actual tiene una herencia civilista y una visión funcionalista de la investigación del derecho, lo que ha resultado en un sacrificio de la producción jurídica previa y una consciencia jurídica centroamericana. Por último, e informándose de las críticas antes hechas, el ensayo toma un viraje propositivo y la necesidad de tomar nuevas aproximaciones del estudio del derecho internacional en Guatemala, una aproximación que nuevamente retome la conciencia jurídica perdida a causa del conflicto armado interno y pueda, nuevamente, informarse de una visión cosmopolita-parroquial del derecho internacional.

1. Realidad del día de hoy de la enseñanza del derecho internacional en Guatemala

Actualmente, la enseñanza del derecho internacional muestra una serie de características, las cuales la pueden describir como bancaria, eurocéntrica, abstracta y funcionalista. Esto se observa por las siguientes situaciones: primero, los libros especializados en derecho internacional son escasos. Existe poca producción académica en esta materia. Esto se aprecia al ver los catálogos en línea de librerías en Guatemala.1 Se puede mencionar, además, que los pocos institutos de investigación de las diversas universidades de Guatemala revelan poca apertura al derecho internacional.2 Segundo, haciendo una revisión de programas de derecho internacional de universidades guatemaltecas, a nivel de licenciatura y maestría, uno observa que estas son dominadas por materias generales, sin inclinación crítica o revisora de la historia centroamericana. A nivel de maestría, es poca la oferta en esta especialidad.3 Incluso, hay programas que enfatizan el estudio de la integración europea sin tener una materia en el tema de la integración centroamericana.4

Las facultades de derecho o de ciencias jurídicas y sociales de las distintas universidades existentes en Guatemala presentan dentro de su pénsum de estudios principalmente dos materias de derecho internacional: Derecho Internacional Público y Derecho Internacional Privado. Algunas de estas facultades han incorporado otras materias vinculadas, como lo es Derecho del Comercio Global, donde también se abordan aspectos relativos a las relaciones jurídicas entre países u organismos. La constante que se observa prácticamente en todos los casos es que estos cursos son impartidos en la segunda parte de la carrera, dando lugar a que los alumnos tengan un conocimiento más avanzado de las materias jurídicas. Sin embargo, el tiempo que se le dedica la hace ver como un área secundaria, más cuando se la compara frente a las relativas a derecho civil o derecho penal, por ejemplo.

El escaso tiempo hace que el contenido de los cursos sea primario, enfocándose en conocer los conceptos y elementos fundamentales desde un punto de vista teórico tradicional y esencialmente memorístico. Es muy poco lo que puede encontrarse sobre los fundamentos y las razones que llevaron a la creación de las actuales estructuras, así como de los principios que deben ser utilizados para su aplicación.

Como lo exponemos en este ensayo, las causas de esta poca investigación y la inclinación conceptual y no crítica en los programas impartidos en Guatemala sobre derecho internacional es consecuencia de una serie de factores endógenos y exógenos. Tales factores han moldeado la cultura pedagógica en Guatemala, teniendo impactos profundos en esta.

2. Síntomas exógenos

Uno de los grandes retos que afronta el estudio del derecho internacional en Guatemala es la realidad de la educación en el país y la visión malinchista5 que, como sociedad, tenemos los guatemaltecos respecto a las ideas provenientes de fuera de nuestras fronteras. Así mismo, existen otros factores adicionales a los mencionados y externos a la propia materia que generan una situación poco propicia para su desarrollo en un sentido más de fondo y no solamente que procure la enumeración de sus principales características o elementos.

2.1. ¿Es el sistema educativo una causa que afecta solamente a la enseñanza del derecho internacional?

Guatemala es un país en el que la educación universitaria es accesible para una pequeña fracción de su población. Según el más reciente censo de población, solamente alrededor del 4% de los habitantes posee un título a nivel de licenciatura y menos del 0,4% lo tiene de maestría o doctorado.6 Por otro lado, la educación escolar fomenta principalmente un conocimiento memorístico y poco anuente al planteamiento de discusiones dirigidas a retar o tratar de entender las razones de las cosas.

Este panorama da lugar a que la demanda de servicios de educación sea relativamente pequeña y, por tanto, la oferta responda de la misma manera. El hecho de que exista una sola universidad nacional pública es un reflejo de ello. Encontramos, entonces, un mercado universitario con relativamente pocas opciones.7 Los estudiantes que ingresan a la universidad por lo general provienen de un tipo de educación poco dirigida al análisis. Esperan, y el sistema está diseñado para esto, que la educación siga siendo más o menos del mismo tipo. Las materias en la carrera de Derecho tienden a ser memorísticas, propias de un positivismo deformado dedicado a la letra de la ley y no al sentido que tiene aplicar la justicia al caso concreto, como lo exponemos más adelante con más detalle.8

Esto se tiene que agregar al hecho de que los pénsum de estudio de las universidades son cerrados y con temas definidos. El pénsum cerrado no permite a los estudiantes especializarse en materias de interés, sino mantenerse en una línea de cursos compulsivos. En consecuencia, no existe una motivación ni cursos complementarios para los estudiantes a seguir con temas que pudieran alimentar su curiosidad y sentido crítico, sino que estos se encuentran ya cargados con dichos core courses.9

 

Sumado a esta realidad de un pénsum de estudios cargado de cursos memorísticos, debemos señalar que el conocimiento de idiomas adicionales al español es escaso o a un nivel muy bajo. Esto da lugar a que puedan consultarse menos fuentes de conocimiento, entre ellas las que pueden considerarse de mayor avanzada, a las discusiones vinculadas a los hechos más recientes y a lo que “hablan” en ámbitos de mayor jerarquía. Hemos tenido la experiencia de primera mano, que, en negociaciones comerciales con terceros países o bloques de países, se acostumbra mucho la discusión “de pasillos” y en estas los delegados guatemaltecos están excluidos de antemano por su imposibilidad de comunicarse, dejando la iniciativa a delegaciones que poseen mayores herramientas, tal como es el caso de Costa Rica en los procesos centroamericanos conjuntos.

Contrariamente a lo que se pensaba sobre el impacto del desarrollo de Internet y los medios de comunicación en nuestra época, los resultados en torno al mayor acceso a la información han sido relativos. Ante todo, la calidad de los datos que se reciben es directamente proporcional al intelecto e intereses del individuo que los recibe. Si es una persona no acostumbrada a leer y a conocer temas, tal vez densos, pero importantes, de todos modos, la posibilidad de acceso será inútil.

Sumando entonces una pequeña oferta universitaria, una educación conservadora, el poco incentivo intelectual a la discusión y el acceso no aprovechado a la información, encontramos como resultado un círculo vicioso dirigido a un mantenimiento de la situación y a una costumbre orientada a no cuestionar y con foros de discusión plural inexistentes.

2.1.1. Un mercado para técnicos

Debe tomarse en cuenta que la educación universitaria es vista por gran parte de los estudiantes, como el medio que debe asegurarles su subsistencia y su posibilidad de escala social, para alcanzar un mejor nivel de vida al que presentan al inicio de sus estudios.

Con esta visión, muy práctica, la persona revisa las áreas en las que se presenta mayor demanda del servicio, los campos de desarrollo de una especialización y, para algunas de ellas, las que proyectan una visión de mayor lucro. Es así que en un país donde aún muchísimos mecanismos para lograr justicia requieren de auxilio de abogados, gran parte del gremio se dedica al litigio administrativo y judicial. Igualmente, las actividades empresariales muestran un manejo económico mayor, por lo que se tiene la creencia de que, al dedicarse a esa rama, habrá más posibilidad de obtener ingresos adecuados.

El derecho internacional no presenta ninguna de estas características en Guatemala. Las fuentes de trabajo se resumen principalmente en las entidades gubernamentales y, en especial, en el Ministerio de Relaciones Exteriores. Este es de los más pequeños del Estado guatemalteco, en el sentido de la cantidad de personal y plazas con las que cuenta. Existe también la creencia generalizada, y lastimosamente corroborada en muchos casos, de que para ser parte de este ministerio es necesario contar con favores personales o políticos que permitan tener una carrera con posibilidades de crecimiento.10

En los últimos años, se han abierto otros foros en el gobierno, como son las negociaciones internacionales comerciales, laborales o sobre medio ambiente, entre otros, pero que son derivados de coyunturas específicas, contextos de épocas determinadas, y por ello se ven como caminos profesionales inseguros. Además, de acuerdo con el tema, los internacionalistas deben de competir con otros especialistas, como lo son los abogados, los economistas y los ambientalistas, por ejemplo.

También, principalmente en las universidades privadas, los internacionalistas están siendo entrenados para ocupar puestos en empresas y organismos no gubernamentales, relativos a vínculos externos, estrategia y seguimiento al cumplimiento normativo. Sin embargo, todo ello es aún bastante primario y con un crecimiento relativamente pequeño, lo que hace que el campo de trabajo sea relativamente escaso y, por tanto, poco atractivo para la gran mayoría de futuros profesionales.

2.1.2. Requisitos de la enseñanza y colegiación

Para obtener el grado de abogado en Guatemala, un estudiante en el país generalmente debe cumplir con dos requisitos académicos, una vez ya ha aprobado todos los cursos de la carrera. Sin un orden específico, uno de ellos es la de someterse a los denominados “exámenes privados”.

Estos consisten en una serie de evaluaciones, en gran parte orales y ante una terna de abogados, que pueden o no ser catedráticos, y que en base a una serie de preguntas establecen si la persona tiene un manejo adecuado de las materias como para recibir el título universitario. La experiencia nos enseña que mucho de esto se refiere a un conocimiento memorístico y muy relacionado a la ley, siendo uno de los puntos de calificación la habilidad para encontrar determinada norma dentro de los códigos principales (civil, penal, laboral, etc.). Se tiende con esto a que la preparación para los exámenes sea casi exclusivamente un estudio de la legislación, sin que se tome como un punto de apreciación el criterio que pueda haberse desarrollado y la argumentación con la cual el evaluado pueda defender sus puntos. Por ello, podemos catalogar este tipo de educación como bancaria.11 Como lo menciona Freire, este tipo de educación posiciona a los estudiantes como actores pasivos, por lo cual solamente se les “deposita” conocimiento sin ejercer un acto de congnisciencia, o consciencia de hacer los conceptos adquiridos propiamente suyos a través de análisis y crítica.12

Por otro lado, el segundo es la elaboración de un documento escrito que aún es denominado comúnmente como “tesis”. Este comentario deriva del hecho de que se ha pasado de exigir un trabajo que comprenda una proposición que debe ser demostrada a través de razonamientos intelectuales o científicos, a aceptar que la misma sea una monografía que describa un tema en particular. Esto, aunque puede tener un valor grande como sistematización de información, indudablemente tiene una valía mucho menor sobre la labor de pensamiento y búsqueda de argumentos que originalmente se tenía como objetivo, y como se hará ver más adelante, el rol del supervisor puede también afectar el desarrollo intelectual de los estudiantes y sus perspectivas de investigación.13 Refuerzan ambos requisitos (los “exámenes privados” y la elaboración de la “tesis”) que el alumno se dirija a una actividad académica mecánica, sin fomento a la búsqueda de sentido a las materias que conforman el derecho.

2.1.3. Una academia sin atractivo

Dentro de los claustros de catedráticos, las facultades de Derecho y las de todas las profesiones en general cuentan con pocos profesionales permanentes que se dediquen plenamente al ejercicio docente como su actividad habitual. La mayoría somos abogados para quienes dentro de nuestros varios quehaceres está el impartir clases. No es la fuente principal de ingresos y es relativamente poca la exigencia de dar tiempo adicional a los alumnos o a la academia, fuera del horario de la cátedra.14

Aunque se conserva una cierta imagen de honorabilidad hacia la figura del profesor, esta se ha devaluado por una serie de factores y realidades. Se ha perdido la mística de la enseñanza, no se busca la excelencia sino el llenar requisitos, lo cual es agradecido, desgraciadamente, por los alumnos al poseer una carga menor a la que podría suponer mayor material y calidad de estudio.

Dentro de los factores que podemos destacar, se encuentra la necesidad que ha surgido de la realidad guatemalteca: que el alumnado se convierta en trabajadores que estudian. El tiempo les es escaso, por lo que un aumento de la exigencia provoca rechazo, procurando más facilitar una calificación aprobatoria, que el lograr un mejor y mayor conocimiento. Por otro lado, y como indicamos anteriormente, las facultades tienen una exigencia mínima hacia el catedrático y una supervisión muchas veces inexistente. Esto se debe a que pocos profesionales tienen el interés y vocación de la enseñanza, lo que hace que tengan que realizar la contratación de profesores haciendo una selección poco rigurosa, sin examinar sus métodos de impartir la cátedra ni el conocimiento docente y de la materia que se encargarán.15

2.2. La lejanía del derecho internacional

2.2.1. Entorno político del derecho internacional

En los últimos cuatro años, Guatemala ha vivido un movimiento en contra de la corrupción que funcionarios públicos y algunos empresarios habían desarrollado, respecto a los servicios que presta el Estado, así como en la adquisición de productos necesarios para el desempeño de sus funciones y en la construcción de obras de beneficio público.

Este movimiento fue posible por la conjugación de una serie de factores, resaltando para el tema que estamos analizando la intervención de una entidad de la Organización de las Naciones Unidas (ONU), y de varias embajadas de países extranjeros. Esta entidad, la Comisión Internacional contra la Impunidad en Guatemala, más conocida por las siglas CICIG, se originó de un convenio celebrado entre el Estado guatemalteco y la ONU, debido al reconocimiento que el gobierno hizo a finales de la década de los noventa, de su imposibilidad de contrarrestar efectivamente a cuerpos ilegales y a aparatos clandestinos de seguridad, necesitando la ayuda internacional para este efecto.

Aunque la CICIG tuvo una actuación bastante discreta en sus primeros años, es a partir del 2015 cuando inicia con el destape de una serie de casos de corrupción, que llevan a la caída del gobierno del presidente Otto Pérez Molina. Este proceso fue paulatinamente tomando fuerza y empezó a involucrar a una serie de personajes de la vida nacional, que no solamente eran funcionarios públicos, sino también a empresarios y otras personas privadas, que resultaban siendo los supuestos corruptores.16

Tomando en cuenta esta situación y que de manera paralela se desarrolló un fuerte movimiento nacionalista y conservador en el ámbito mundial, se empezaron a formar grupos políticos y sociales que alzaron su voz, reclamando la intervención extranjera en el país. Debido al involucramiento de miembros de su familia en algunos casos y de él mismo, se considera que el presidente Jimmy Morales secundó el movimiento y desarrolló una política de relaciones exteriores en clara confrontación a los principios internacionales, los organismos multilaterales y frente a delegaciones diplomáticas de países que apoyaban a CICIG.17

La discusión fue subiendo de tono, de tal manera que traspasó el tema político y se tornó también hacia la esfera social. Guatemala es un país extremadamente conservador, por lo que los señalamientos de estos grupos en donde lo extranjero era contrario a la esencia de lo guatemalteco —e incluso afirmando la existencia de una agenda impulsada por la ONU en favor de la diversidad sexual y el aborto, por ejemplo— dieron lugar a un rechazo hacia todo aquello que se vinculara con el ámbito internacional.

De esta manera, hoy en día, hay sectores de la población que tienen aversión respecto al derecho internacional, que lo consideran inútil y contrario a los intereses del país. Esto, indudablemente, representa un desincentivo para el estudio de la materia y para que los estudiantes lleguen a tener un interés en la dedicación a la misma.

2.2.2. La falta de litigio en derecho internacional y organizaciones internacionales en Centroamérica

Guatemala tiene la costumbre de ser un país poco propenso a ser beligerante en la lucha por sus intereses. Nuestro carácter es bastante sumiso y preferimos vivir con la situación, que tratar de cambiarla. Esto se refleja en su poco uso de los mecanismos comprendidos en el derecho internacional, para discutir posibles violaciones al marco jurídico multilateral. Por ejemplo, un diferendo añejo y de larga data es el que se presenta con Belice sobre el posible derecho guatemalteco a una porción de su territorio. Este finalmente ha logrado superar una serie de instancias y de requisitos, para ser conocido próximamente ante un tribunal internacional.

Como sucedió en gran parte de América, durante la década de los noventa y en la primera del siglo XXI, Guatemala estuvo involucrada en la negociación de una serie de acuerdos comerciales, a través de los cuales se otorgaba una serie de beneficios a los productos y servicios originarios de las Partes de estos instrumentos. Esto llevó a que hoy en día se tengan acuerdos con poco más o menos cincuenta países, con los cuales se mantiene un intercambio en diferentes grados y montos, lo que lleva también al incremento de altercados sobre la correcta aplicación de la normativa acordada.

 

En los años más recientes, la era de negociación de acuerdos comerciales se ha detenido y se ha pasado a la administración de estos, principalmente a solucionar los problemas de todo tipo que derivan del incremento de la interacción económica. Como parte de ello, se ha abierto un campo para el litigio internacional que hasta ahora no existía. Sin embargo, su campo es muy especializado y aun escaso.

Otra área que se ha desarrollado en el país es, lastimosamente, la relacionada a la defensa de derechos humanos. Calificamos esto como “lastimoso”, debido a que ello supone que el Estado ha realizado o mantiene prácticas que atentan contra principios básicos que se dirigen a proteger a los individuos o grupos de personas, como lo es su integridad física.18

En la presente década, son múltiples los casos que han sido llevados a foros como la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en los cuales es necesaria la asesoría de especialistas en Derecho Internacional para la identificación exacta de la norma que ha sido violada y que sustenta cualquier reclamación. Como la idea común es que la actividad primaria de un abogado es litigar, la escasez o poca difusión de la existencia de los procesos internacionales da lugar a que sea mínima la atención que los estudiantes le dirijan a esta materia.

2.3 El efecto generacional y malinchismo

Algo a resaltar aquí, y por efecto de la educación bancaria, es que se hace una escasa o nula vinculación entre el conocimiento teórico y la realidad que vive el mundo. Esta es una de las características de las nuevas generaciones (que además ha sido permitida por la academia), ya que, y como se verá más adelante, el conflicto armado interno provocó que se desarrollara un alejamiento de lo que sucede en el entorno, teniendo solamente contactos accidentales con medios de comunicación que difunden noticias de temas relevantes. Sin embargo, es necesario reconocer que esto resulta una paradoja de nuestros tiempos, pues en la época que más acceso se tiene a la información es cuando menos se busca conocer lo que sucede más allá de los intereses inmediatos.19

Una causa de esto es la falta de profesionalización de la materia. Como consecuencia, los guatemaltecos con la voluntad de especializarse en el derecho internacional se ven forzados a estudiar en el extranjero. Sin embargo, como un país de periferia, se observa cierto grado de malinchismo por parte de los estudiantes que regresan del extranjero.20 Esto se aprecia en el momento en el que los profesionales que logran estudiar en el extranjero se perciben con una superioridad de sus estudios internacionales sobre lo local y, consecuentemente, transmiten sus estudios de manera idéntica a como la recibieron. De cierta forma, existe, y como se detallará más adelante, un olvido de lo propio y aceptación de lo extranjero como dogma.

Otro efecto de lo mismo es que, al educarse en el extranjero, estos nuevos profesionales usualmente ignoran el desarrollo propio de la educación latinoamericana y, en específico, centroamericana. Por ello, se refuerza una educación sin contexto que, luego se replica cuando este enseña derecho internacional al regresar al país sin realizar una reflexión propia, o consciencia propia, de la realidad guatemalteca.21

Por lo anterior, la lejanía del derecho internacional y sus efectos, que el perfil del estudiante de Derecho actual, y en general del que asiste a las universidades, es de un completo alejamiento respecto a su entorno. Desde nuestro punto de vista, la materia internacional requiere una inclinación hacia el seguimiento de los diferentes sucesos que marcan las tendencias políticas que guían al mundo actual. No contar con esto da lugar a que el conocimiento que se adquiere se mantenga en un ámbito teórico, sin aplicación y sin discusión sobre implicaciones y posibles desenvolvimientos, que implican una labor intelectual mayor.22

3. Síntomas endógenos

Este apartado analiza los factores endógenos que afectan la producción académica y la pedagogía del derecho internacional en Guatemala. Expondrá con detalle que la enseñanza, investigación y producción jurídica del derecho internacional en Guatemala se encuentran amarradas a una concepción civilista/funcional, y la cual, como consecuencia, le atañe al estudio de conceptos superficiales y a una interpretación abstracta y sin contexto del mismo. Además, este apartado demuestra que existe un olvido del pasado, incluso una regresión de producción jurídica crítica, que es caracterizado por la falta de conocimiento de hechos que tuvieron un impacto en la región centroamericana y una negligencia al omitir la utilización de autores guatemaltecos clásicos, lo que tiene como corolario la pérdida de una consciencia jurídica de la región.

3.1. La herencia civilista/eurocéntrica y la influencia de Estados Unidos

Tomando como referencia los trabajos comparativos de John Henry Merryman, Diego López-Medina y Pierre Legrand, la tradición jurídica civilista, de la cual Guatemala hace parte, se caracteriza por su nivel de abstracción y decontextualización.23 Está en una herencia del pensamiento jurídico europeo, la cual ha tenido como objeto el desarrollo de un ius commune aplicable a todos los ordenamientos jurídicos y continúa informando la producción académica de la región, incluso al día de hoy.24

Desde un comienzo, Centroamérica, incluyendo Guatemala, ha tenido una fuerte influencia norte-sur. En Guatemala se ha adoptado el modelo institucional estadounidense y el régimen legal kelseniano.25 En relación con el modelo estadounidense, se puede decir que la influencia de la revolución y constitución de los Estados Unidos fue un evento informador de la redacción de la primera constitución federal centroamericana.26 Por otro lado, y en relación a la herencia civilista, y como lo observa Diego López-Medina, la recepción de la teoría kelseniana del derecho en Latinoamérica se realiza por medio de las obras y traducciones por parte de autores españoles o latinos, incluyendo al guatemalteco Luis Recasens Siches.27

Esta influencia es todavía visible en el “manual” más utilizado de pedagogía legal en Guatemala, Introducción al derecho de Guatemala.28 Desde entonces, el positivismo kelseniano ha informado la pedagogía del derecho internacional de Guatemala, al interpretar que violar una norma internacional o tratado tiene el mismo efecto que violar la constitución.29 Se puede mencionar que un efecto paradójico de esto en Guatemala es el análisis del derecho como ciencia, alejado de lo político, moral y social, lo que supone un distanciamiento de su aplicación sin contexto; sin embargo, la paradoja sucede cuando luego se pretende que el derecho sea el capaz de resolver cualquier situación social con un apego literal a la norma jurídica, sin importar su fuente o legitimidad.30 Consecuentemente, en Guatemala se observa la citación múltiple a autores extranjeros en libros locales e introducción de conceptos sin reflexión alguna en sentencias judiciales.31 El autor Arnulf Becker Lorca localiza este fenómeno a nivel regional, lo que denomina universalismo firme o staunch universalism.32

Este ejercicio continúa actualmente a través de la citación de fuentes académicas en los trabajos producidos en Guatemala. Aunque estos se denominan trabajos “doctrinarios”, estos consisten en meras recopilaciones de conceptos, doctrinas y principios de libros extranjeros.33 Este staunch universalism se observa en los libros más utilizados por los catedráticos de las diferentes universidades de Guatemala. Un texto básico de enseñanza del derecho internacional en Guatemala es el libro de Carlos Larios Ochaita, Derecho internacional público, el cual, luego de siete ediciones, continúa desarrollando de manera básica los temas generales del derecho internacional, recopilando principios y doctrinas internacionales, citando la mayoría de ocasiones a juristas europeos internacionales y en rara ocasión a juristas locales.34 Incluso, en temas donde Centroamérica ha tenido un desarrollo histórico especial, como la “no intervención” y el no reconocimiento de gobiernos no democráticos, los cuales se analizarán más adelante en este ensayo como puntos de conflicto y reflexión, el autor se limita a definir doctrinas extranjeras por autores cosmopolitas y citar normas internacionales de manera textual.35