Poder Judicial y conflictos políticos. Tomo III. (Chile: 1973-1990)

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225 «Operación Colombo: Condenan a agentes de la Dina por secuestros», diarioUchile (digital), 17 junio, 2016. Véase Cuadro 2 que detalla las 58 sentencias de la Corte Suprema emitidas entre julio de 2015 y junio de 2016 (inclusive) en causas por violaciones a derechos humanos en tiempos de dictadura», en Cath Collins, «Verdad, Justicia, Reparación y Memoria», (Capítulo preparado por Cath Collins y el equipo del Observatorio de Justicia Transicional de la UDP, que realiza, desde 2009, un análisis interdisciplinario en materia de verdad, justicia, reparaciones y memoria por violaciones masivas a los derechos humanos ocurridas en Chile durante la dictadura cívico militar que gobernó el país desde 1973 a 1990), 2016: 37.

226 «Condenan a un centenar de ex agentes que participaron en Operación Colombo», diarioUchile (digital), 2 junio, 2017.

227 «Operación Colombo: Condenan a ex agentes de la DINA por desaparición de opositor», La Nación (digital), 11 diciembre, 2017.

228 Ibíd.

229 «Operación Colombo: Corte de Santiago condena a ex agentes de la DINA por secuestro calificado», Diario Constitucional (digital), 26 diciembre, 2017. La sentencia está accesible desde el sitio web del Poder Judicial: <http://www.pjud.cl/home>. «En estos autos Rol N° 2182-1998, seguidos ante el ministro de Fuero don Hernán Crisosto Greisse, Operación Colombo, episodio por el delito de secuestro calificado en la persona de María Angélica Andreoli, por sentencia de diez de abril del año dos mil quince, escrita de fojas 7605 a fojas 7809 vuelta, decidió: I.- Que se rechazan como cuestión de fondo, las excepciones de Amnistía y Prescripción de la Acción Penal, alegadas por las defensas que se detallan en el considerando centésimo septuagésimo séptimo».

230 «Chile. «"Operación Colombo": Corte dicta sentencia por secuestro de Bernardo Castro», Resumen Latinoamericano (citando, El Clarín de Chile), 30 enero, 2018.

231 «Operación Colombo: Justicia condena a nueve ex agentes de la DINA», diarioUchile (digital), 19 febrero, 2018.

232 «Operación Colombo: Condenan a 4 ex agentes de la DINA por secuestro del matrimonio Uribe van Yurick», El Mostrador, 15 marzo, 2018; «Operación Colombo: Corte de Santiago dicta condena contra ex agentes de la DINA por secuestro de matrimonio», Diario Constitucional (digital), 15 marzo, 2018. La sentencia se encuentra en línea: <http://www.pjud.cl/documents/396729/0/BARBARA+URIBE+CORTE.pdf/32d89c2f-5922-42fe-9320-19bb1367f55c>.

233 «Operación Colombo: Juzgado Civil de Santiago ordena al Fisco pagar indemnización a hija de detenido desaparecido», Diario Constitucional (digital), 18 mayo, 2018.

234 14º Juzgado Civil de Santiago CAUSA ROL : C-4861-2017. Dictada por Don Osvaldo Correa Rojas, Juez Titular del Décimo Cuarto Juzgado Civil de Santiago.

235 «¿Dónde Están? Caso Calle Conferencia», Fondo: Corporación de los Derechos del Pueblo (CODEPU), Museo de la Memoria y Derechos Humanos, mayo, 2016.

236 «Caso Calle Conferencia: Dictan acusación contra 53 ex agentes de la disuelta DINA», Publimetro (digital), 07/02/2014.

237 Karinna Fernández Neira, «Breve análisis de la jurisprudencia chilena, en relación a las graves violaciones a los derechos humanos cometidos durante la dictadura militar», Estudios Constitucionales 8 (1) Santiago 2010: 467-488.

238 La causa Rol 2182-1998 agrupaba todas las querellas contra Pinochet; con el tiempo debieron ser separadas en cuadernos según los distintos incidentes y víctimas. Véase Observatorio de Derechos Humanos (UDP), Principales hitos Jurisprudenciales en causas DDHH en Chile 1990-2013, Santiago: Centro de Derechos Humanos, marzo, 2013.

239 Guzmán investigaba alrededor de doscientas causas por homicidio, secuestro, tortura, genocidio y otros crímenes más. En junio de 2001, la Corte Suprema designó 9 ministros de dedicación preferente para causas de ddhh , y 51 jueces de dedicación preferente para investigar 114 casos de desaparición de personas. Véase Gabino Busto Hevia, «Entrevista al Juan Guzmán Tapia», piensaChile.com, 18 febrero, 2018.

240 Carolina Valenzuela, «Querellante en caso calle Conferencia: Suicidio es “extraordinariamente sospechoso”», El Mercurio (digital), 24 mayo, 2007.

241 «Caso Calle Conferencia. Suprema repuso participación de Manuel Contreras en Calle Conferencia», FASIC, Noticias, 21 octubre, 2008.

242 «Los 79 represores acusados por el caso Calle Conferencia», Cooperativa.cl, 22 octubre, 2013.

243 Bernardo Araya, dirigente sindical desde la década de 1940 y miembro del Comité Central del Partido Comunista, fue detenido con su esposa en abril de 1976 y han figurado como detenidos desaparecidos desde entonces.

244 Pronunciado por la Tercera Sala de la C.A. de Santiago integrada por los ministros (as) María Soledad Melo L., Jaime Balmaceda E. y Abogada Integrante Paola Herrera F. Santiago, veinte de junio de dos mil diecisiete. Véase también, FASIC, Derechos Humanos en Chile Resumen Mensual, junio 2017.

245 «Calle Conferencia: en la memoria del horror», El Siglo (digital), 12 mayo, 2018.

246 «Caso Conferencia 1: Condenan a 53 agentes de la dictadura de Pinochet por muerte de militantes comunistas», El Mostrador (digital), 4 diciembre, 2018; «Condenan a exagentes por Calle Conferencia y Marta Ugarte», El Siglo, (digital), 4 diciembre 2018. El fallo se encuentra en línea: <https://www.elmostrador.cl/media/2018/12/FALLO-CONFERENCIA-1.-30-DE-NOVIEMBRE-DE-2018-3.pdf>.

247 Carmen Hertz et al. (2016): 105.

248 Ibíd., 374.

249 «Crimen de Carmelo Soria», Jorge Escalante, Nancy Guzmán, Javier Rebolledo y Pedro Vega, Los crímenes que estremecieron a Chile, Santiago: Ceibo, 2013: 347-350.

250 Biblioteca del Congreso Nacional, «Acusación Constitucional Ministros de la Excma. Corte Suprema señores Eliodoro Ortiz Sepúlveda, Enrique Zurita Camps, Guillermo Navas Bustamante y Hernán Álvarez García. Cámara de Diputados. Legislatura 334. Sesión 2a. 1 de octubre, 1996. Discusión. Declara no haber lugar a la Acusación Constitucional: 152.

251 Acusación (1996) … Cámara de Diputados. 3 septiembre, 1996. Cuenta en Sesión 33a. Legislatura 333. Presentación Acusación Constitucional: 5-13. (El ministro Ortiz fue nombrado a la Corte Suprema en 1994 por Eduardo Frei Ruiz-Tagle; Zurita Campos, en 1985 durante el régimen militar; Navas Bustamante fue nombrado en 1993 por Patricio Aylwin; y Álvarez García, en 1989, siendo el último integrante de la Corte Suprema que asumió durante el régimen militar y rechazaría el desafuero de Pinochet en 2004, jubilando en 2005).

252 Ibíd., 10.

253 Ibíd.

254 Ibíd., 11-12.

255 Ibíd., 12-13.

256 Ibíd., 22.

257 Ibíd., 28.

258 Ibíd., 29, 126.

259 Ibid, 176; «CHILE: Incierto destino de acusación constitucional en caso Soria», International Press Service (digital), 27 septiembre, 1996.

260 Véase Biblioteca del Congreso Nacional, BCN Informe. «Concepto de notable abandono de deberes de los Magistrados de Tribunales Superiores de Justicia: Informes de las comisiones de Acusación Constitucional». Elaborado para la Comisión Encargada de informar la procedencia de la acusación constitucional en contra del ministro de la Excma. Corte Suprema, Héctor Carreño S. 2014. Se considera las siete acusaciones constitucionales contra magistrados de los Tribunales Superiores de Justicia entre 1990 y 2014.

261 Biblioteca del Congreso Nacional, «Acusación Constitucional Ministros de la Excma. Corte Suprema señores Eliodoro Ortiz Sepúlveda, Enrique Zurita Camps, Guillermo Navas Bustamante y Hernán Álvarez García», 138.

262 Ibíd., 140.

263 Manuel Délano, «La Cámara de Diputados entierra la vía legal en Chile para castigar a los asesinos del español Carmelo Soria», El País (digital), 3 octubre, 1996. <https://elpais.com/diario/1996/10/03/internacional/844293602_850215.html>.

264 Biblioteca del Congreso Nacional, «Acusación Constitucional Ministros de la Excma. Corte Suprema…» (1996): 182.

265 Caso 11.725, Informe N° 139/99, Carmelo Soria Espinoza (Chile) Inter-Amer. C.H.R. University of Minnesota Human Rights Library. <http://hrlibrary.umn.edu/cases/1999/Schile133-99.html>.

266 Mensaje del Ejecutivo N° 225-35, 23 julio, 2004 (sesión 25, legislatura 351); Historia de la ley. Decreto 156 HL DS 156 - Ley Chile.

267 Ibíd., 9 y 10.

268 Ibíd., 51.

269 Ibíd., 104. «No 892/SEC/07Valparaíso, 18 de julio de 2007».

270 Felipe Delgado, «Héctor Carreño desestima reapertura de investigación por crimen de Carmelo Soria», Radio Bio Bio (digital), 30 marzo, 2010.

271 Escalante et. al. (2013): 354-355.

272 «Corte de Santiago dicta sentencia de segunda instancia en causa derivada de la investigación por el homicidio de Carmelo Soria», Mediabanco (digital), Agencias de Noticias, 2 abril, 2015. Fuente: Prensa Poder Judicial.

 

273 Caso 11.725, Informe N° 139/99, Carmelo Soria Espinoza (Chile) <http://formu.info/captulo-ii-d-estado-de-cumplimiento-de-las-recomendaciones-de.html?page=29>.

274 «El Supremo afirma la competencia española para investigar el "caso Carmelo Soria"». Derechonews, 10 noviembre 2015 <https://www.derechonews.com/el-supremo-afirma-la-competencia-espanola-para-investigar-el-caso-carmelo-soria/>.

275 Caso 11.725, Informe N° 139/99, Carmelo Soria Espinoza (Chile), University of Minnesota. Human Rights Library <http://hrlibrary.umn.edu/cases/1999/Schile133-99.html>.

276 Ibíd.

277 «Suprema revoca fallo que aplicaba amnistía y procesa a 15 agentes de la DINA por el crimen de Carmelo Soria», Resumen (digital), 21 agosto, 2015.

278 Acusación Proceso Rol 1–1993, 28 diciembre, 2016.

279 «Suprema solicita a EEUU extraditar a implicados en homicidio de Carmelo Soria», La Tercera (digital), 17 mayo, 2018.

280 «Largo proceso Crimen de Carmelo Soria: ministro Cisternas condena a 6 oficiales (r) y descarta asociación ilícita», El Mostrador, 13 marzo, 2019; «Hija de Carmelo Soria tras condena contra ex agentes de la DINA: “A mí me parece que es reírse de uno en la cara"», El Desconcierto.cl, 14 marzo, 2019; «Juez Lamberto Cisternas condena a oficiales (R) del Ejército por el homicidio de Carmelo Soria», El Mercurio (digital), 14 marzo, 2019.

281 «Hija de Carmelo Soria criticó condena del Poder Judicial: "Es una vergüenza"», El Mostrador, 14 marzo, 2019.

282 DL 175 de 1973. «Modifica el artículo 6° de la Constitución Política del Estado». Publicado en el Diario Oficial N° 28.722, 10 diciembre, 1973.

283 Junta de Gobierno. «Proyecto de ley que perfecciona procedimiento para cancelar nacionalidad», Acta 253-A. 18 diciembre, 1975: 3-6.

284 DL 1301, «Complementa procedimiento sobre cancelación de la nacionalidad», Diario Oficial, 7 enero, 1976.

285 Auto Acordado de 26 enero de 1976.

286 El 10 de septiembre de 1976, once días antes de ser asesinado en Washington D.C, el ex ministro de Allende fue despojado de su nacionalidad luego de participar en gestiones incesantes denunciando los atropellos a los derechos fundamentales que cometía la dictadura y promoviendo un boicot de las exportaciones chilenas. «Decreto que quitó la nacionalidad chilena a Orlando Letelier fue firmado por Sergio de Castro y Jorge Cauas, héroes de los Chicago Boys», El Mostrador, 26 septiembre, 2016.

287 CIDH. Tercer Informe sobre la Situación de los Derechos Humanos en Chile: 78 y 79. Ver: <www.cidh.oas.org/countryrep/Chile77sp/cap.9.htm>.

288 OIT. Informe provisional - Informe núm. 177, junio 1978. Caso núm. 823 (Chile).

289 Actas Oficiales de la Comisión Ortúzar. Sesión N° 56 (23 julio, 1974); N° 60 (6 agosto, 1974); N° 63 (19 agosto, 1974); N° 64 (22 agosto, 1974); N° 65 (26 agosto, 1974); N° 81 (24 octubre, 1974); N° 83 (31 octubre, 1974).

290 Actas Oficiales de la Comisión Ortúzar. Sesión N° 416 (5 octubre, 1978).

291 Ley 20.050. Diario Oficial, 26 agosto, 2005: «Introdúcense las siguientes enmiendas al artículo 11: a) Sustitúyese el número 1º, por el siguiente: “1º Por renuncia voluntaria manifestada ante autoridad chilena competente. Esta renuncia sólo producirá efectos si la persona, previamente, se ha nacionalizado en país extranjero”; y b) Derógase el número 3º».

292 En Chile, el 6% de los casos de desaparición forzada son mujeres. Véase Comisión Nacional de Verdad y Reconciliación. Informe de la Comisión Nacional de Verdad y Reconciliación (1996): Anexo VI. Estadísticas: 945-947; Corporación Nacional de Reparación y Reconciliación, Informe sobre calificación de víctimas de violaciones de derechos humanos y de violencia política. Santiago. 1996: 565-592; «Mujeres detenidas desaparecidas. Chile 1973-2010» en Julio Pinto, (ed.), MUJERES. Historias chilenas del siglo XX. Santiago: LOM, 2011, pp. 141-173.

293 Fundación Documentación y Archivo de la Vicaría de la Solidaridad. Centro de Documentación. Vicaría de la Solidaridad del Arzobispado de Santiago. «Presentación de la Vicaría de la Solidaridad con motivo de la Inauguración del año judicial», 28 de febrero de 1976»: 1 y 2.

294 Ibíd., 3.

295 Ibíd., 9. Cursiva de los autores.

296 Ministerio de Justicia. Decreto Ley 1.009. 5 mayo, 1975. «Sistematiza normas sobre protección jurídica de los derechos procesales de los detenidos por delitos contra la seguridad nacional por los organismos que indica y modifica disposiciones legales que señala».

297 Vicaría de la Solidaridad del Arzobispado de Santiago. «Presentación de la Vicaría de la Solidaridad con motivo de la Inauguración del año judicial», 28 de febrero de 1976, supra: 13.

298 Ibíd., 14.

299 Ibíd.

300 Ibíd., 15.

301 Ibíd., 19.

302 Ibíd., 21.

303 Ibíd., 22; Ministerio del Interior. Decreto Ley 788. 2 diciembre, 1974. «Dicta normas sobre el ejercicio del Poder Constituyente».

304 Ibíd., 23.

305 Respuesta pública de la Corte Suprema de Chile a la carta de Andrés Aylwin, Eugenio Velasco, Jaime Castillo, Héctor Valenzuela y Fernando Guzmán dirigida al ministro de Relaciones Exteriores de Chile, almirante Patricio Carvajal Prado, y distribuida a los asistentes de la Asamblea. Citado en Héctor Salazar y Nancy Guzmán, Historia para no olvidar, Santiago: Catalonia, 2009: 43. Véase también la carta de los abogados en Eugenio Velasco Letelier, Expulsión, Santiago: Copygraph, 1986: 228-248. Cursivas de los autores.

306 Conferencia Episcopal de Chile. Comité Permanente. Declaración sobre la expulsión de los Sres. Jaime Castillo y Eugenio Velasco. 16 agosto, 1976; Dirección de Inteligencia Nacional, Síntesis Informativa Diaria N° 4. Agosto de 1976. (firmado por Manuel Contreras Sepúlveda, Coronel, Director de Inteligencia); Ministerio del Interior, Decreto Ley 604. 9 agosto, 1974. «Prohíbe el ingreso de personas al territorio nacional en los casos que indica».

307 Velasco Letelier, Expulsión…: 255-256. Ministerio de Defensa Nacional. Decreto Ley 81, 11 0ct. 1973. «Fija, por razones de seguridad del Estado, sanciones para las personas que desobedezcan el llamamiento público que indica el Gobierno».

308 Ibíd., 260. Firmaron la carta Daniel Schweitzer, Víctor Santa Cruz Serrano, Alejandro Silva Bascuñán, Héctor Correa Letelier, Antonio Bascuñán Valdez, Manuel Guzmán Vial, Enrique Evans de la Cuadra, Pedro Jesús Rodríguez, Manuel Sanhueza Cruz.

309 Véase Andrés Aylwin Azócar, 8 días de un relegado, Santiago: Ediciones Arcoiris, 1989; también Andrés Aylwin Azócar, Simplemente lo que vi (1973-1990) Y los imperativos que surgen del dolor, Santiago: LOM, 2003: 363-374.

310 Junta de Gobierno. Acta 313-A. 22 junio, 1977: 5.

311 Comisión de Estudios de la Nueva Constitución Política de la República de Chile (CENC), Sesiones N°s. 217 a 220, y sesiones 361 a 364; 367 a 370, concluyéndolo en la sesión 371.

312 Véase Emilio Pfeiffer Urquiaga, «Estados de Excepción Constitucional y Reforma Constitucional», Ius et Praxis, 8(1) 2002: 223-250; Lautaro Ríos Álvarez, «Los Estados de Excepción Constitucional en Chile», Ius et Praxis, 8(1), (2002): 251-282; Humberto Nogueira Alcalá, «El habeas corpus o recurso de amparo en Chile», Revista de Estudios Políticos (Nueva Época) Núm. 102. (octubre-diciembre 1998): 193-216.

313 Citando un informe de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, Lisa Hilbink señala que los tribunales chilenos aceptaron solo diez de los 5400 recursos de amparo presentados por abogados de derechos humanos entre 1973 y 1983 (Hilbink 2014): 147. Andrew Rigby agrega que entre 1983 y 1990 prosperaron 20 recursos de amparo, totalizando, así, 30 de casi 9000 recursos presentados entre 1973 y 1990 (Justice and Reconciliation: After the Violence. Boulder, CO. Rienner Publishers, 2001: 92, n. 34).

314 Para este caso los autores se basan en Carlos Contreras Maluje (Caso 2126). Comisión Interamericana de Derechos Humanos. Chile 21 de junio de 1978. A menos que indiquemos otra fuente, las citas se refieren al caso 2126 presentado por el CIDH.

315 «Memorias para construir la paz» (cronología) 1977-1980. Archivo de la Vicaría de Solidaridad. <http://www.vicariadelasolidaridad.cl/sites/default/files/1977-1980.pdf>.

316 Carlos Contreras Maluje (Caso 2126). Comisión Interamericana de Derechos Humanos. Chile, 21 de junio de 1978. Cursivas de los autores.

317 Aprobada en Sesión 569ª de 21 de junio de 1978 (44º Período de Sesiones) y transmitida al Gobierno de Chile el 19 de septiembre de 1978. Se incluyó esta Resolución en el Informe Anual a la Asamblea General de la Organización de Estados Americanos (OEA) (Artículo 9 (bis), inciso, iii del Estatuto).

318 En la intervención del abogado Héctor Salazar Ardiles (1999) en la Mesa de Diálogo de Derechos Humanos, se refirió en detalle a este caso y afirmó que: «Ese mismo día 3 de noviembre de 1976, probablemente en horas de la noche, Contreras Maluje fue sacado del recinto en que se encontraba, siendo llevado por sus captores a un sector de la Cuesta Barriga, donde fue ejecutado y sus restos enterrados clandestinamente en ese lugar». «Intervención de Héctor Salazar Ardiles el 14 de septiembre de 1999». <http://www.archivochile.com/Derechos_humanos/M_Dialogo/interv/hhddinterv0009.pdf>.

319 Corte Suprema de Chile, Rol 6188-2006, Caso Carlos Humberto Contreras Maluje, Sentencia del 13 de noviembre de 2007. La sentencia se encuentra en el sitio web del Museo de la Memoria y los Derechos Humanos. Karinna Fernández Neira, «Breve análisis de la jurisprudencia chilena, en relación a las graves violaciones de derechos humanos cometidos durante la dictadura militar», Estudios Constitucionales, (Centro de Estudios Constitucionales de Chile) 8 (1) (2010): 467-487.

320 Véase la sentencia en Carlos Contreras Maluje <http://www.memoriaviva.com/Desaparecidos/D-C/250.htm>.

321 La única alternativa de los familiares para resolver los asuntos legales y administrativos generados por la ausencia de la persona era la declaración de muerte presunta. Esta decisión trasladaba la responsabilidad del reconocimiento de la muerte a los familiares. Legalmente la declaración de muerte dejaba de ser responsabilidad de las autoridades que lo detuvieron y se convertía en un hecho privado decidido por su familia, confirmado administrativa y judicialmente, sin relación alguna con el hecho criminal asociado a su desaparición.

322 Sentencia Corte Suprema Rol N° 6188-06. Pronunciada por la Segunda Sala integrada por los ministros Sres. Alberto Chaigneau del C., Nibaldo Segura P., Jaime Rodríguez E., Rubén Ballesteros C. y Hugo Dolmestch U.

323 Ibíd.

324 Ibíd.

325 «Informe sobre la situación de los derechos humanos en Chile» (1974). <http://www.cidh.org/countryrep/Chile74sp/Indice.htm>; Datos finales, véase Informe de la Comisión Nacional de Verdad y Reconciliación, Santiago: Edición Oficial, 1991.

326 Ibíd., capítulo V. <http://www.cidh.org/countryrep/Chile76sp/Cap.5.htm>.

327 Gonzalo Rojas Sánchez, Chile escoge la libertad. La Presidencia de Augusto Pinochet Ugarte 11. IX.1973 – 11.III.1990, 2 tomos, 2ª ed. Santiago: Zig Zag, 1998, I: 217, (citando a El Mercurio, 9,XI,75:3)

328 Véase, por ejemplo, Ministerio del Interior. Decreto ley 1.877. 12 agosto, 1977 modificada para conformar con la nueva Constitución mediante el decreto ley 3.645, 6 marzo, 1981. «Complementa disposiciones de la ley 12.927, sobre Seguridad del Estado».

 

329 Ibíd.

330 Ahumada et al. II (1989): 212-222.

331 Mónica González, «Oficio de presidente de Suprema a Pinochet revela que sí conocían torturas», El Mostrador, 6 marzo, 2001. <http://www.rebelion.org/hemeroteca/ddhh/pinochet060301.htm>.

332 Rojas (1998, I): 231-32.

333 Ibíd., 233.

334 Años después se acusaría a Duvauchelle, como auditor naval, de participar en «montajes de consejos de guerra» después del golpe, con el grupo «Ancla 2», responsables por la desaparición de militantes del MIR.

335 «Gutiérrez Yáñez, Nelson Mario y Bachmann Muñoz, María Elena». (Extradición). C. Suprema, 30 marzo, 1976. Revista de Derecho y Jurisprudencia y Ciencias Sociales y Gaceta de los Tribunales. Santiago: volumen LXXII - LXXIII (1975-1976) Segunda parte. Sección Cuarta: 128-130.

336 Véase Carmen Castillo Echeverría, Un Día de Octubre en Santiago, Santiago: Editorial Sin Fronteras,1999; Cristián Pérez, «Historia del MIR. “Si quieren guerra, guerra tendrán…”», Estudios Públicos, 91 (invierno 2003: 5-44).

337 Sobre este caso véase Sheila Cassidy, Audacity to Believe, London: Collins, 1977.

338 Hasta mediados de 1974, el Régimen Militar había entregado más de 8.000 salvoconductos para los chilenos que querían salir del país a través de distintos medios y embajadas. El gobierno chileno protestaba ocasionalmente por las declaraciones o actuaciones de políticos suecos contra la Junta. Sobre los exiliados chilenos en Suecia y las relaciones entre Suecia y la junta militar, véase Fernando Camacho Padilla, «Las relaciones entre Chile y Suecia durante el primer gobierno de Olof Palme, 1969-1976», Iberoamericana, 25 (2007): 65-85; Jaime Esponda Fernández, «La solidaridad con el exilio chileno», Persona y Sociedad, XVII (3) (2003): 29-40; Heraldo Muñoz, Las relaciones exteriores del gobierno militar chileno, Santiago: Ediciones del Ornitorrinco, 1986; Fernando Camacho Padilla, «La diáspora chilena y su confrontación con la Embajada de Suecia en Chile, 1973-1982», en José del Pozo, Exiliados, emigrados y retornados: chilenos en América y Europa, 1973-2004, Santiago: RIL Editores, 2006: 37-62.

339 Gutiérrez Yáñez, Nelson Mario y Bachmann Muñoz, María Elena. (Extradición). C, Suprema, 30 marzo, 1976. Revista de Derecho y Jurisprudencia y Ciencias Sociales y Gaceta de los Tribunales. Santiago: volumen LXXII - LXXIII (1975-1976) Segunda parte. Sección Cuarta: 130.

340 del Pozo (2006): 129.

341 Pablo Rubio Apiolaza e Isabel Torres Dujisin, «Reacciones y respuestas de la Democracia Cristiana frente al golpe militar de 1973: ¿colaboración u oposición?», Revista de Historia Social y de las Mentalidades 19 (1) 2015: 55.

342 Ibíd., 56.

343 Junta de Gobierno. Acta Nº 15-A: 1. «Se discute el proyecto sobre disolución de Partidos Políticos y declara fuera de la Ley los Partidos marxistas, presentado por el Comité de Auditores Generales. Se acuerda dictar dos decretos separados para no producir confusiones». 4 octubre, 1973. El DL 1.697 (11 marzo, 1977) disolvería todos los partidos políticos. Ministerio del Interior. Decreto Ley 1.697. «Declara disueltos todos los partidos políticos, entidades, agrupaciones, facciones o movimientos de carácter político no comprendidos en el Decreto Ley N° 77, de 1973»; Comisión Nacional sobre Prisión Política y Tortura, capítulo III: 210.

344 Tomás Mac Hale «Poder político y libertad de expresión en Chile, 1976-1978» Revista de Ciencia Política, 1 1979: 41-51.

345 «Así fue la intervención del gutismo en la desaparecida Radio Balmaceda de propiedad de la DC», El Mostrador, 28 agosto, 2015: http://www.elmostrador.cl/noticias/pais/2015/08/28/asi-fue-la-intervencion-del-gutismo-en-la-desaparecida-radio-balmaceda-de-propiedad-de-la-dc/. Reseña del libro, citando Ignacio González Camus, Radio Balmaceda 73'-76': Bajo el asedio de los «Guatones» y Pinochet, Santiago: DIBAM, 2015. <http://circulodeperiodistas.cl/wp-content/uploads/2015/09/RADIO-BALMACEDA-73-76.VERSION-2.2.pdf>.

346 Mac Hale, 47, 49, supra. Cursiva de los autores.

347 Ascanio Cavallo, Manuel Salazar y Oscar Sepúlveda, La historia oculta del Régimen Militar. Memoria de una época, 1973-1988, Santiago: Grijalbo, 1997: 138-140.

348 Un resumen laudatorio de la trayectoria de refundación institucional se encuentra en Gustavo Cuevas Farren, «Perspectiva del proceso institucional en Chile», Seguridad Nacional (Academia Superior de Seguridad Nacional) 16 (1980) 7-30.

349 Una «biografía» oficial de los miembros de la Junta Militar se encuentra en Chile. Ministerio de Educación Pública. Departamento de Educación Extraescolar y Canal Escolar. Biografías de los miembros de la Junta del Gobierno, Santiago: Ed. Nac. Gabriela Mistral, [1974].

350 G. Rojas (1998): 128.

351 Sólo en 2005, con la reforma constitucional, se otorgaría a un reconstituido Tribunal Constitucional la competencia para decidir las acciones de inaplicabilidad por inconstitucionalidad.

352 Comisión Nacional sobre Prisión Política y Tortura, Informe de la Comisión Nacional de Prisión Política y Tortura, Santiago: 2004: Capítulo III :185.

353 Jorge Molina Sanhueza, «Chile: Asociación de Magistrados rinde homenaje a jueces exonerados en dictadura», El Mostrador, 17 mayo, 2007. <http://www.desaparecidos.org/bbs/archives/003817.html>.

354 Matus Acuña (2016): 290.

355 Ministerio de Justicia. Decreto ley 169, 6 diciembre, 1973. «Modifica Código Orgánico de Tribunales y otras leyes sobre la administración de Justicia».

356 Ibíd.

357 Ibíd.

358 Ministerio de Justicia. Decreto ley 170, 3 diciembre, 1973. «Reforma la Constitución Política del Estado».

359 Junta de Gobierno. Acta 330-A. 30 noviembre, 1977: 26.

360 Véase José Cánovas Robles, Memorias de un Magistrado. Santiago: Editorial Emisión, 1989; René García Villegas, Soy Testigo. Dictadura. Tortura. Injusticia, Santiago: Amerinda, 1990.

361 Rojas (1998, I: 143). Cursiva de los autores.

362 ACC. Sesión 68ª fecha 5 septiembre, 1974: 23. Véase Renato Cristi, El pensamiento político de Jaime Guzmán. Una biografía intelectual, Santiago: LOM, 2011 (primera edición, 2000); El pensamiento político de Jaime Guzmán. Autoridad y Libertad, Santiago: LOM, 2000, reproduce transcripciones de varias Actas de la Junta de Gobierno: 121-138.

363 Véase, por ejemplo, Actas Oficiales de la Comisión de Estudio de la Nueva Constitución Política de la República. Sesión 251ª, 19 octubre, 1976.

364 Ministerio del Interior. Decreto ley 754. 11 noviembre, 1974. «Establece disposiciones para los casos que indica, en relación a bienes adquiridos por el Estado entre el 4 de noviembre de 1970 y el 11 de septiembre de 1973». Cursiva de los autores.

365 Véase la ley 17.998 (19 mayo, 1981) «Interpreta el Artículo 10 de los decretos leyes N°s 754, de 1974, y 1.283, de 1975».

366 Barros (2002: 97-99, nota 20) cita a «Rojas, Oscar y otros con Empresa Agrícola» y «Graciela Matamala Walker y otros», ambos casos de 1974. Véase Revista de Derecho y Jurisprudencia, y Ciencias Sociales y Gaceta de los Tribunales, Santiago: volumen LXXI (1974). Segunda Parte, sección 3ª: 180-183 y «Graciela Matamala Walker y otros» en Fallos del Mes, octubre 1974, (191): 208- 216.

367 Actas Oficiales de la Comisión Constituyente. Segunda parte de la sesión 83a. 31 octubre, 1974. Se consideraba si la Comisión debía responder al Informe de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (1974), que criticaba severamente la violación de derechos humanos en el país, si bien solo en materias «propias» de la Comisión, es decir limitada a la futura Constitución Política y no a la respuesta del Gobierno (Ministerio de Relaciones) al Informe de la CIDH.

368 Sobre la doctrina de la Corte Suprema en relación con los recursos de inaplicabilidad véase Fernando Saenger Gianoni, «Veinte años de recurso de inaplicabilidad por inconstitucionalidad», Anuario Iberoamericano de Justicia Constitucional, Núm. 7, 2003: 401- 462; Barros (2004): 96-105; Humberto Nogueira Alcalá, «La evolución político-constitucional de Chile 1976-2005», Estudios Constitucionales, Año 6, N° 2, 2008: 325-370.

369 Actas Oficiales de la Comisión Constituyente. Desde la sesión 246a (21 septiembre, 1976) se le cambió el nombre por Comisión de Estudios de la nueva Constitución Política del Estado. Revista de Derecho y Jurisprudencia, y Ciencias Sociales y Gaceta de los Tribunales. Santiago: volumen LXXVII (1980), Nª 3: 52-54. En el Acta de la sesión 1a (24 septiembre, 1973) se relata que: «Uno de los primeros actos de la Honorable Junta de Gobierno fue designar la Comisión Constituyente con el encargo de elaborar un anteproyecto de nueva Constitución Política del Estado, la que en un comienzo estuvo integrada por los señores Sergio Diez Urzúa, Jaime Guzmán Errázuriz, Enrique Ortúzar Escobar, que en la sesión constitutiva fue elegido presidente, y Jorge Ovalle Quiroz. Fue designado secretario de la Comisión, don Rafael Eyzaguirre Echeverría. Posteriormente, con fecha 9 de octubre de 1973, se incorporaron como miembros permanentes de la Comisión, los señores Enrique Evans de la Cuadra, Gustavo Lorca Rojas y Alejandro Silva Bascuñán. B. (presidente del Colegio de Abogados) - Decreto Supremo N° 1.064, de 12 de noviembre de 1973, del Ministerio de Justicia, que crea oficialmente la Comisión Constituyente. En el Diario Oficial de 12 de noviembre de 1973 (N0 28.699) fue publicado el Decreto Supremo N° 1.064, de 25 de octubre de 1973, del Ministerio de Justicia, que creó la Comisión Constituyente».