La organización social del cuidado de niños, niñas y adolescentes en Colombia

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El cuidado en los hogares y su relación con el Estado, el mercado y la comunidad

Tal como planteamos en la introducción, el cuidado trasciende el orden familiar. El cuidado es un compromiso del Estado y de la sociedad en su conjunto, pero “el Estado es el garante de los derechos al cuidado y es el que garantiza que sea universal” (Batthyány, 2015, p. 11). Revisar la relación entre el Estado, el mercado y los hogares implica adentrase en las dotaciones y garantías dispuestas para el cuidado. En este texto nos concentraremos en analizar la conciliación entre el empleo y el trabajo de cuidado, para ello presentamos los hallazgos acerca de cómo quienes cuidan han vivido las políticas y medidas de conciliación legalmente estipuladas, los pactos al interior de las empresas o de la relación trabajadora-empleador, el beneficio de los subsidios y el uso de prestaciones y servicios sociales. Estos últimos son llamados por Martínez Franzoni y Camacho (2007) como “la infraestructura del cuidado”.

La conciliación entre los mundos del hogar y del trabajo

Dado que la posición socioeconómica de los grupos familiares está, entre otros aspectos, en función de la vinculación laboral de quienes proveen y son responsables del cuidado, resulta indispensable examinar cómo se combinan el trabajo familiar y el trabajo laboral, es decir, la conciliación.29 Según Meil (2007), la conciliación se define a partir de variados acuerdos de flexibilidad temporal entre los horarios de trabajo y las demandas familiares, bien sea concentrando la jornada o dejando tiempos para la familia, incluyendo la flexibilidad espacial como la posibilidad de realizar algunos trabajos en el hogar, la organización de guarderías en el espacio laboral y el aumento de permisos de maternidad o paternidad.

Respecto a la conciliación entre el trabajo y el cuidado, se espera que existan medidas propiciadas por el Estado a través de la implementación de acuerdos internacionales y de acciones para dinamizar pactos con empresas e iniciativas de la sociedad civil, a fin de lograr armonizar los tiempos del trabajo familiar y los de trabajo productivo, flexibilizando los horarios laborales. En este sentido, la OIT insta a los signatarios del Convenio C156 de 1981 sobre los trabajadores con responsabilidades familiares, a generar condiciones de igualdad entre hombres y mujeres mediante acciones efectivas para lograr la conciliación:

Con miras a crear la igualdad efectiva de oportunidades y de trato entre trabajadores y trabajadoras, cada Miembro deberá incluir entre los objetivos de su política nacional el de permitir que las personas con responsabilidades familiares que desempeñen o deseen desempeñar un empleo ejerzan su derecho a hacerlo sin ser objeto de discriminación y, en la medida de lo posible, sin conflicto entre sus responsabilidades familiares y profesionales. (OIT, 1981, Art. 3.1)

Las políticas de apoyo a la familia o políticas de conciliación30 constituyen un pilar fundamental en la política social e inciden a favor o en contra de los “techos de género para la participación laboral” (Pineda, 2011, p. 137), pues son las mujeres quienes con frecuencia deben suspender sus labores ante eventos como la maternidad o la enfermedad de hijos e hijas.

Las licencias de maternidad y paternidad

En los casos de este estudio, el uso de la licencia de maternidad31 y la Ley María32 se concentra entre quienes poseen un empleo formal y de calidad. Apenas la quinta parte de las cuidadoras/es principales de las posiciones 2 y 4 tuvo acceso a las garantías de la maternidad o a la Ley María derivadas del contrato de trabajo. Margie (PS4) indica cómo logró, además de la licencia, juntar vacaciones y así extender el tiempo de cuidado de su lactante:

En el nacimiento tuve la licencia de maternidad y pedí un mes más. Me di el lujo de pedir, y luego entré a la universidad ocho días y ya, salíamos a vacaciones colectivas. Estuve prácticamente seis meses con ella, con lactancia exclusiva y ella no recibía tampoco nada más. Fue una dedicación exclusiva espectacular, súperagradable, súperplacentera.

En contraste, la mayoría negó haber tenido estos beneficios de ley, situación frecuente entre las mujeres que laboran en trabajo doméstico, debido a la informalidad de sus contratos y la no existencia de prestaciones sociales, pese a que desde 1982 las leyes colombianas obligan a los empleadores a protegerlas. De hecho, fueron frecuentes los relatos de mujeres que fueron expulsadas cuando comunicaban su embarazo o este era visible. Diana (PS1) refiere: “me dijeron que no, pues, que no me podían tener así en el estado en el que estaba, porque ya era más complicado para ellos y que necesitaban una persona sola”. A Dolores (PS1), por el contrario, la aceptaron embarazada, pero sin licencia de maternidad: “Después de tener él bebé, como tres días no más, me fui a trabajar. Yo me pegué tanto de mi niña, yo no la quería soltar a nadie, me la cargué, porque yo no podía dejarla tan chiquitica”. En estos casos, no lograron licencia ni hora de lactancia, ni mínimas consideraciones de dignidad y cuidado materno-neonatal. Al respecto Rojas Benavides (2017) expone en su investigación sobre prácticas y significados del cuidado en trabajadoras domésticas de Duitama, Boyacá, una condición de explotación laboral inaceptable en la que por permitirles a las madres llevar al bebé al trabajo, los patrones pagaban a las madres la mitad del salario mínimo, aunque su trabajo real era de doce horas diarias, incluso sábados y domingos.

Otra situación que demuestra la precarización del trabajo y la violación del derecho a la seguridad social integral es la de vinculaciones laborales “a destajo”33 basadas en el argumento de la flexibilización de los empleos, que bien describe Nydia (PS4):

En el trabajo no me reconocen eso que llaman licencia materna. La figura que manejan es la suspensión del contrato, me paran el contrato, me dejan que pase el tiempo que yo misma elija. Mi jefe, muy querido, porque él sabe que yo tengo necesidades acá, que me toca suplir con el sueldo. El jefe consultó con el abogado de jurídica y le dijo: “mire, si ella puede suplir las labores que tiene que suplir para ganarse el sueldo desde su casa; pues déjela que trabaje desde la casa”, una especie como de teletrabajo.

Una situación diferente, también ilegal, la ilustra una madre soltera de dos hijas. Con la primera hija la despidieron e indemnizaron; con la segunda, al ingresar al empleo el examen de embarazo dio negativo en las pruebas de salud,34 pero cuando ya estaba contratada la prueba salió positiva, y la licencia de maternidad y las coberturas dependieron de la voluntad del empleador y no de la garantía y obligatoriedad que exige el Estado:

Yo tenía dos jefes, uno, que era una mujer maravillosa e integra, y me dijo: “Sonia, no se afane, las mujeres inteligentes también podemos tener hijos”. La otra era una bruja, una vieja clasista, me hizo la guerra. La prueba de embarazo me la había hecho Colsubsidio, y escribió una carta reclamando, que ¿cómo era posible que una funcionaria había entrado embarazada? Yo trabajaba como coordinadora del hogar de madres que entregaban sus bebés en adopción. A ella no le cabía en la cabeza que yo siendo madre soltera podía hacer un buen trabajo en una fundación donde las mamás iban a entregar sus hijos porque no podían con ellos. Finalmente, la bruja, a los dos años, me sacó por eso. Y en esa época, claro, yo me sentía como avergonzada, yo decía: “miércoles”, yo recién llegada a ese trabajo… embarazada, no, ¡qué horror! Entonces cuando la licencia de maternidad yo le dije: “si me necesita, yo me vengo a trabajar antes”; y ella me hizo ir a trabajar antes de terminar la licencia de maternidad. (Sonia, PS4)

En ambos casos la posibilidad de cuidar el bebé y ejercer el derecho a la maternidad en protección, seguridad y garantía fueron negados. Estos ejemplos no solo indican la falta de conciencia de las empresas ante el embarazo de las madres, y la mínima estimación del cuidado, sino también la resignación de las madres frente al atropello y, en cierta medida, la culpabilización por la gestación y la responsabilidad laboral concomitante. Asoma un temor importante a luchar por sus derechos en razón a la coerción y la pérdida del empleo recién ganado. Los casos hacen también evidente el incumplimiento del Estado en la protección de la maternidad. Otra de las madres anotaba cómo para el mundo laboral la maternidad y el cuidado constituyen una calamidad porque se afectan las metas de producción y crecimiento empresarial. “La idea es no tener hijos para que no los afecte por el tiempo de la licencia. Como uno no está generando rentabilidad para ellos en ese momento, ven al ser humano como una máquina” (María, PS4). En los casos descritos, en los que se tuvo licencia y cuando no gozaron de este derecho, tanto las redes parentales y vecinales como la compra de servicios de cuidado en el mercado fueron necesarias para atender el regreso al empleo.

Las empresas y las medidas de conciliación

En las entrevistas, unos de los problemas más señalados por las madres de PS2 y PS4 fueron las dificultades para equilibrar sus tiempos laborales con los familiares. Pero en las PS2 y PS3, a pesar de la existencia de trabajos formales y de ciertas medidas laborales y de política que apoyan la conciliación, parece no existir un cumplimiento de estas disposiciones por parte de muchas de las empresas, pues son las madres y su red parental quienes resuelven la conciliación, con costos económicos, emocionales y físicos significativos. Un caso dramático ha sido el de Yamile (PS2). Su hija padece una incapacidad crónica y Yamile se vinculó laboralmente a una empresa de celaduría, esperando que, con el sistema de salud, al cual tiene derecho por ser trabajadora, mejorara el acceso de la niña a los servicios médicos. No obstante, la esperanza de mayor acceso a salud no se ha cumplido a cabalidad y esta madre se ve obligada a realizar turnos laborales de doce horas diarias, sin derecho a permisos para atender los requerimientos de su hija (pues le descuentan el día de trabajo que no acuda) y ha tenido que contratar a una familiar para que le cuide la niña y la lleve a las terapias. En mujeres solas, sin pareja, las exigencias de horario chocan más con las necesidades de cuidado de sus hijos e hijas, y requieren extender sus jornadas de trabajo para poder comprar cuidado y sostener las necesidades básicas del hogar; una situación más intensa y demandante en madres solas con hijos/as con problemas de salud crónicos o discapacidad. “Cuando hay una cita médica me toca pasar un permiso y yo arreglo con ellos. Entonces les digo: yo me doblo, o si ya no puedo, entonces yo no vengo ese día y ellos me lo descuentan” (Yamile, PS2).

 

Marcela (PS1) fue trabajadora en una empresa de telecomunicaciones en telefonía móvil y refiere haber tenido enormes dificultades para el cuidado de su hija de tres años, a quien logró vincular en un jardín infantil:

Era muy duro, porque no la veía casi a ella. Me molestó mucho el día que tuve que pedir permiso para conseguir el cupo en el jardín y se me fue todo el día. Me parece injusto, porque si uno pide permiso para actividades de los hijos de uno, no tienen por qué descontarle tiempo y hacerlo pagar, porque por ley uno tiene derecho a hacer las vueltas de los hijos de uno, las matrículas, y era una causa justa.

La tendencia de los relatos en la mayoría de las trabajadoras del sector formal es la de dificultades para cumplir con el cuidado directo y la gestión del cuidado (asistencia a reuniones “de padres de familia”, acompañamiento y solicitud de citas médicas, enfermedad u hospitalización de sus hijos e hijas). Son menos comunes los testimonios en los que las empresas desarrollan un sistema de bienestar ampliado, es decir, acciones que van más allá de lo señalado por ley. Por ejemplo, subsidian un jardín infantil para los hijos/as de sus trabajadoras/es o hacen préstamos de vivienda sin intereses a sus empleados. Estas prestaciones son apreciadas por quienes las poseen, pese a aclarar que sigue siendo difícil lograr la armonización entre el trabajo remunerado y el cuidado. “A mí lo que pasa es que me apoya mucho mi mamá y mi esposo, aquí me tocaría pedir una calamidad, o sea, es difícil el tema de los permisos” (Nora, PS2). Gloria (PS4), docente de secundaria, considera que no hay equidad de género en los trabajos: “tengo memorandos por llegar tarde, pero es que yo tengo que esperar que otra persona llegue para que me reciba a Simón y Vio. Si hay actividad extra, nunca me quedo”.

Las condiciones para la conciliación son precarias, hecho que impacta a las familias, fragiliza su economía, sobreexige a las trabajadoras y termina por recargar las labores de cuidado en las mujeres del hogar, ya sean adultas, jóvenes o adolescentes, abuelas u otras parientas o no parientas. Las mujeres profesionales de la PS4, negociaron sus contratos a fin de lograr flexibilidad en los horarios. Margie, directiva universitaria, María, gerente de una empresa de alimentos y Helena, profesional del sector financiero de un banco suizo, acordaron iniciar la jornada laboral muy temprano para salir antes del horario habitual y lograr el desplazamiento casa-trabajo en menor tiempo para estar con sus hijas/os. “Si salgo a las seis ya llego a la casa a las ocho y mi hija está durmiendo. Eso ha sido negociado, digamos, gracias a los jefes que tengo y al ambiente que se da acá” (Margie, PS4). En todos los casos son acuerdos con los jefes, no obedecen a políticas empresariales explícitas, más bien ha sido una práctica que se ha instaurado tácitamente:

Lo que pasa es que el ámbito universitario permite que la cosa sea más flexible. Por ejemplo, alguna vez había alguna actividad, justo era la entrega de informes de la niña. “No, es que tú tienes que venir”. Yo dije: “¡me muero de la pena! Primero está mi hija”. Si es una actividad en el colegio: “bueno, pues me organizo, les voy a dejar unas guías a los estudiantes”. (Eliana, PS4)

Las luchas por la flexibilidad en los horarios no son un tema presente en las mujeres de PS1 y PS2 con empleos informales, en consecuencia, las arbitrariedades son múltiples y la conciliación trabajo-cuidado una quimera, como en los casos en que a las madres sus jefes les permitían llevar a los bebés al trabajo, hecho que les era cobrado con horarios interminables, salarios ínfimos e incumplimiento de las leyes laborales.

Ella [la patrona] tiene unos locales en San Andresito. Ella misma me ponía a mí el sueldo, me pagaba a diario por labor cumplida, no había un contrato laboral, es decir, bueno que me pagaran un seguro. (Nayibe, PS2)

Sobre las maquilas, unidades productivas muy comunes en el contexto de los barrios populares, rememora Luz Marina (PS2):

Tenía todo el tiempo en casa y trabajaba de siete de la mañana a las nueve de la noche, pues estaba en casa. Es muy pesado porque te toca todo a vos. O sea, la persona que te entrega el trabajo dice: “le entrego esto, usted hágase responsable, ¿cómo? No lo sé, pero se tiene que hacer responsable”. Es poco el precio para todo lo que uno de pronto tiene que hacer.

Una narración muy común en las madres de todas las posiciones sociales es la de afirmar que sus hijos/as están primero que el trabajo remunerado y, ante circunstancias adversas como enfermedades o discapacidad de un hijo o hija, son ellas quienes asumen prioritariamente la decisión y responsabilidad de cuidar, pues los padres no cuestionan su lugar ni asumen un papel protagónico. En los cinco casos de madres cuyos hijos/as han sido diagnosticados con discapacidad severa, todas dejaron sus vidas profesionales.

Los hogares y los subsidios

En Colombia existen subsidios económicos que contribuyen a apoyar las labores del cuidado de NNA divididos en dos fuentes: los que provienen de los aportes a la seguridad social y los subsidios estatales. Los primeros son impuestos a la nómina que pagan los empleadores, dirigidos a las cajas de compensación familiar que dan derecho a la subvención por hijo de trabajadoras/es de menores ingresos, y el derecho de participar de programas recreativos y culturales, programas en general muy bien valorados por las personas entrevistadas, particularmente de las posiciones sociales 2 y 3. Aunque la lejanía de los centros recreativos, y el costo diferencial de los servicios según el nivel de ingreso del trabajador desestimula su uso en los hogares con recursos limitados.

Los otros son los subsidios estatales que se otorgan a la población en situación de pobreza a partir de la clasificación de la encuesta Sisbén. Son subsidios focalizados y limitados en cantidad y cobertura. En América Latina, y en particular en Colombia, el enfoque neoliberal de las políticas sociales lleva a que estos programas dirigidos a menguar la pobreza y mejorar la calidad de vida de NNA a través de transferencias condicionadas asociadas a que la familia mejore su asistencia escolar y el cuidado de la salud, sean insuficientes dada la cantidad de personas que en Bogotá viven en la pobreza. Desde la perspectiva de las madres en condición de precariedad, programas como el de Familias en Acción ayudan a satisfacer necesidades básicas de los niños y niñas: “sí eché mucho de menos los subsidios, porque de ahí me cubría muchas cosas. Yo de ahí les compraba ropa a mis niños, zapaticos, medias, todo lo que ellos necesitaban” (Gloria, PS1). Si bien estas madres aprecian el dinero que han recibido para sus hijas/os, refieren dos problemas: por un lado, las dificultades para su consecución por las largas filas que implica poder reclamarlos y, por otro, los cursos y reuniones a los que deben asistir. “La mamá hizo un sacrificio, amaneció por allá, día y noche haciendo fila” (Doly, PS1). “Estaba en Familias en Acción, pero muchas reuniones. Yo no puedo dejar mi trabajo botado por una reunión” (Ladys, PS2).

Otras cuidadoras entrevistadas refirieron hacer también uso de subsidios en especie de la Alcaldía de Bogotá, tales como los bonos de alimentación para niños o niñas, usuarios de comedores comunitarios y subsidios de trasporte para los menores de edad que tienen que desplazarse a otros barrios donde se ubican los colegios. La focalización de subsidios solo en los estratos más pobres de la población excluye hogares que en mejor posición también los requerirían. Tal es el caso de cuidadoras de PS4, que habitan barrios de estrato 3 y, por ser beneficiarias como asalariadas del subsidio de las cajas de compensación, no califican para los subsidios públicos cuyo monto es cuatro veces mayor al de las cajas. Yeimy y Gilma (PS4), cuidadoras de gemelos, consideran que no les alcanzan los ingresos y tampoco el Estado brinda protección:

[…] se ve una ausencia del Estado en relación con el cuidado. O sea, el cuidado no solo es una responsabilidad de la familia realmente. Creo que mis ingresos no dan para estar en ningún beneficio del gobierno, entonces no tengo subsidio familiar, nada de eso recibo yo. La caja de compensación sí la tengo, pero realmente cuando uno pasa de cierto monto salarial entre tenerla o no, me da igual.

La división es tajante. Al pertenecer a hogares de estrato socioeconómico tres y más, los subsidios y otros servicios del Estado se hacen más limitados dado que se espera que estas poblaciones sean trabajadoras, con mejores ingresos y niveles educativos, capaces por tanto de procurarse la subsistencia. Se suma a esto el rechazo y desvalorización que estos grupos dan a la oferta estatal escolar y de cuidado de la primera infancia, hecho que incide en sus finanzas y, sin duda, en sus condiciones de bienestar, en tanto quienes cuidan, así sean de estratos socioeconómicos bajos, buscan contratar el cuidado o hacer uso de la oferta escolar privada. En todo caso, para las cuidadoras y cuidadores entrevistados, el Estado tiene la responsabilidad de cuidar a sus ciudadanos y en especial a los NNA, o quienes por su edad o condición no lo pueden hacer por sí solos, y ven con preocupación su marginal participación y los limitados recursos que impiden una perspectiva universal en lo social. Coinciden en una desconfianza importante frente al Estado: “El Estado para las personas en este país, no se preocupa para nada; pues mientras siga siendo un Estado corrupto, nunca” (Alfredo, PS4).

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