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Buitrago Campos, Lida

Gestión territorial, una alternativa para la reparación a las víctimas: el caso de asentamientos informales en Mocoa (Putumayo) / Lida Buitrago Campos, Jenny Marcela López Gómez, Myriam Fernanda Torres Gómez. – Primera edición. – Bogotá: Ediciones Unisalle, 2021.

142 páginas: fotografías, gráficas, mapas; 23 cm.

Incluye referencias bibliográficas

Incluye lista de fotografías, gráficas, tablas, mapas y planos

ISBN 978-628-7510-04-3 (impreso)

ISBN 978-628-7510-05-0 (PDF)

ISBN 978-628-7510-06-7 (ePub)

1. Ordenamiento territorial – Mocoa (Putumayo, Colombia) 2. Desarrollo urbano sostenible – Mocoa (Putumayo, Colombia) 3. Reparación (justicia penal) – Mocoa (Putumayo, Colombia) 4. Adjudicación de tierras – Mocoa (Putumayo, Colombia) 5. Víctimas de la violencia – Colombia I. López Gómez, Jenny Marcela II. Torres Gómez, Myriam Fernanda III. Título

CDD: 303.6 ed.22

CEP-Universidad de La Salle. Dirección de Bibliotecas

ISBN impreso: 978-628-7510-04-3

ISBN PDF: 978-628-7510-05-0

ISBN ePub: 978-628-7510-06-7

Primera edición: Bogotá, D. C., septiembre del 2021

© Universidad de La Salle

© Lida Buitrago Campos

© Jenny Marcela López Gómez

© Myriam Fernanda Torres Gómez

Edición

Ediciones Unisalle

Cra. 5 n.º 59A-44, Edificio Administrativo, 3.er piso

PBX: (571) 348 8000, extensiones: 1224 y 1226

edicionesunisalle@lasalle.edu.co

https://ediciones.lasalle.edu.co/

Dirección editorial

Alfredo Morales Roa

Coordinación editorial

Andrea del Pilar Sierra Gómez

Corrección de estilo

Marcela Vallejo Quintero

Diseño de portada

Andrés Pérez

Diagramación

Diahann Molano

Queda prohibida la reproducción total o parcial de este libro por cualquier procedimiento, conforme a lo dispuesto por la ley.

Agradecimientos

A la suboficina de ACNUR Mocoa, en especial a María Isabel Santa Cruz, Nidia Toro, Harold Juajibioy y a las demás personas que nos apoyaron durante las estancias en el lugar.

A Jorge Luis Rodríguez, Diana García y María Fernanda España, en Opción Legal.

A Adriana Enríquez, en el programa de víctimas de la Gobernación del Putumayo.

A la Universidad de La Salle, en especial a la Vicerrectoría de Investigación y Transferencia por su apoyo y financiación.

A las comunidades de Villa Rosa I, II, San Isidro, Palermo Sur y José Homero por compartirnos sus experiencias y vivencias.

A los estudiantes de Arquitectura y Trabajo Social quienes desde sus trabajos de grado contribuyeron a nuestro trabajo investigativo, a cada uno de ellos mil gracias.

A nuestras familias por darnos su apoyo y el tiempo para desarrollar la investigación con el fin de un país mejor.

Equipo de investigación

Contenido

Agradecimientos

Presentación

Introducción

PRIMERA PARTE

Capítulo 1. Análisis conceptual

Reconstrucción conceptual: reparación integral, tejido social y desarrollo sostenible

Reparación integral: conceptualización jurídica y psicosocial

Tejido social: vínculos entre la innovación y el capital social

Tejido social: resignificación de las dinámicas territoriales

Paradigma emergente y desarrollo sostenible en perspectiva territorial

Desarrollo sostenible y gestión territorial: propuesta multidimensional

La memoria un articulador del territorio y la reparación

Memoria colectiva

Memoria histórica

Memoria barrial

Capítulo 2. Justicia transicional: reparación a las víctimas desde la estructura normativa

Capítulo 3. Análisis de la justicia transicional y la gestión territorial

SEGUNDA PARTE

Capítulo 4. Situación de las víctimas en Colombia

Planes de reubicación aprobados: el caso de Mocoa

El primer Plan Piloto de reubicación: el asentamiento de San Isidro

Plan de reubicación del asentamiento de Palermo Sur una integración inconclusa

Capítulo 5. Relación entre la categoría de los municipios y la reparación a las víctimas

El caso de Mocoa un municipio de sexta categoría

Capítulo 6. Tejido social a través de la memoria: una respuesta a la reparación integral

Una aproximación a las memorias colectivas de asentamientos en Mocoa

Aportes de la memoria a la reparación integral

Pistas metodológicas para la reconstrucción de memoria colectiva como insumo para la gestión del territorio

Línea del tiempo

Actualización de diagnósticos de asentamientos

Planeación participativa del territorio

Gestión del desarrollo territorial

Reparación integral

Consideraciones finales

Referencias

Anexo

Instrumentos de gestión

Lista de fotografías

FOTOGRAFÍA 1. Asentamientos Nueva Esperanza, Porvenir, Quince de Mayo, en Mocoa.

FOTOGRAFÍA 2. Asentamientos Paraíso y Villa Rosa, Mocoa.

FOTOGRAFÍA 3. Asentamiento Palermo Sur, Mocoa.

FOTOGRAFÍA 4. Asentamiento San Isidro, Mocoa.

FOTOGRAFÍA 5. Cuerda de los recuerdos.

Lista de gráficas

GRÁFICA 1. Esquemas ordenamiento-asentamientos informales.

GRÁFICA 2. Número de municipios en Colombia que poseen víctimas según el rango de víctimas.

GRÁFICA 3. Víctimas del conflicto por departamento Colombia.

GRÁFICA 4. Relación entre municipios de Colombia y el porcentaje de víctimas con respecto a su población

GRÁFICA 5. Número de asentamientos informales por municipio en Colombia.

GRÁFICA 6. Asentamientos legalizados y en curso ACNUR, Colombia.

GRÁFICA 7. Línea de tiempo de planes de reubicación aprobados por la Unidad de Víctimas, municipio de Mocoa.

GRÁFICA 8. Edades de la población del asentamiento de San Isidro. Total de familias: 21, encuestadas: 8.

GRÁFICA 9. Número de personas por familia, asentamiento San Isidro, Mocoa. Total de familias: 21; encuestadas: 8.

GRÁFICA 10. Nivel de escolaridad vs. rango de edad en San Isidro, Mocoa.

GRÁFICA 11. Actividades económicas en el asentamiento San Isidro, Mocoa.

GRÁFICA 12. Edad de la población 2014-2019, asentamientos Palermo Sur, Mocoa.

GRÁFICA 13. Personas por hogar, asentamiento Palermo Sur, Mocoa. Total de familias: 93; encuestadas: 28.

GRÁFICA 14. Nivel educativo, asentamientos Palermo Sur, Mocoa. Total familias: 93; encuestadas: 28

GRÁFICA 15. Actividad económica. Asentamiento Palermo Sur, Mocoa. Total familias: 93; encuestadas: 28

GRÁFICA 16. Categoría de municipios de Colombia 2002-2018.

GRÁFICA 17. Municipios categorizados en la sexta categoría entre 2002 y 2019.

GRÁFICA 18. Cuadro comparativo DANE 2005, Ley 617 de 200 y Ley de Víctimas a julio del 2019.

GRÁFICA 19. Categoría de municipios de Colombia.

GRÁFICA 20. Línea del tiempo asentamiento de San Isidro.

GRÁFICA 21. Propuesta memoria colectiva para gestión del territorio.

GRÁFICA 22. Enfoque de la reparación.

Lista de mapa y planos

MAPA 1. Categoría de municipios de Colombia.

PLANO 1. Asentamientos Plan de Reubicación aprobado municipio de Mocoa.

PLANO 2. Avalúos de predios en el municipio de Mocoa 2016.

PLANO 3. Área predios urbanos del municipio de Mocoa, 2016.

PLANO 4. Avalúos predios urbanos sector sur, municipio de Mocoa 2016.

PLANO 5. Avalúos de predios urbanos. Sector central del municipio de Mocoa 2016.

PLANO 6. Avalúos de predios urbanos. Sector norte del municipio de Mocoa 2016.

PLANO 7. Avalúos de predios urbanos en el Municipio de Mocoa 2017.

PLANO 8. Avalúos predios urbanos sector sur Municipio de Mocoa 2017.

PLANO 9. Avalúos de predios urbanos en el sector central del municipio de Mocoa (2017)

PLANO 10. Avalúos de predios urbanos en el sector norte del municipio de Mocoa 2017.

Lista de tablas

TABLA 1. Normativa sobre víctimas.

TABLA 2. Normativa sobre ordenamiento.

TABLA 3. Avances en proceso de legalización y titulación.

TABLA 4. Asentamientos seleccionados en Mocoa.

TABLA 5. Comparativo Censo y víctimas en municipios de Colombia.

TABLA 6. Presupuesto municipio de Mocoa 2018.

TABLA 7. Avalúos de predios en el área urbana Mocoa 2016.

TABLA 8. Rango de avalúos área urbana Mocoa 2017.

TABLA 9. Rango de avalúos área urbana Mocoa 2017.

TABLA 10. Presupuesto municipio de Mocoa 2018.

TABLA 11. Comparativo antes y después de tener la tierra.

Presentación

Este libro surge de la investigación Valoración del impacto de la legalización de asentamientos informales en la economía del municipio de Mocoa, realizada con el apoyo de la Vicerrectoría de Investigación y Transferencia de la Universidad de La Salle y con el acompañamiento de la Agencia de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR), suboficina Mocoa.

La investigación se desarrolló en el municipio de Mocoa a través del programa de ‘Soluciones duraderas’ que establece ACNUR con el fin de garantizar el restablecimiento de los derechos de la población víctima del conflicto armado en Colombia. Ese programa se enfoca en la reparación a través de procesos de legalización y titulación de asentamientos de origen informal de población víctima, mediante los planes de retorno y reubicación.

El proceso de legalización y titulación se realizó en alianza con otras instituciones como la Gobernación del Putumayo, la Unidad de Víctimas, la Alcaldía de Mocoa, entre otras. Esta investigación se desarrolló en el periodo comprendido entre julio del 2018 y diciembre del 2019. El grupo de investigación contó con el apoyo de estudiantes de pregrado que se articularon al desarrollo de la investigación a través de los programas de arquitectura de la Facultad de Ciencias del Hábitat y el programa de trabajo social de la Facultad de Ciencias Económicas de la Universidad de la Salle realizando su práctica profesional y sus trabajos de grado.

Introducción

Los municipios en Colombia pasaron de un proceso centralista dependiente a uno descentralizado a partir de 1986, en ese momento empezaron a ser gestores en la consecución de sus recursos. Esto fue establecido en la Constitución de 1991:

art.1. Colombia es un Estado social de derecho, organizado en forma de República unitaria, descentralizada, con autonomía de sus entidades territoriales, democrática, participativa y pluralista, fundada en el respeto de la dignidad humana, en el trabajo y la solidaridad de las personas que la integran y en la prevalencia del interés general.

La descentralización implica que los municipios evidencien sus potencialidades y debilidades y las plasmen inicialmente en los planes de ordenamiento territorial como lo especificó la Ley 388 de 1997. Esta Ley reforzó los instrumentos de gestión de recursos que ya se habían esbozado en la Ley 9 de 1989. La Ley 136 de 1994 estableció el funcionamiento de los municipios y la Ley 1551 de 2012 definió que estos territorios reciben financiamiento en función de su tamaño y de los recursos que generen.

Sobre estos territorios que se encuentran en construcción se sobrepone la violencia que ha sufrido nuestro país, uno de cuyos efectos fue el desplazamiento forzado de personas que después se denominarían víctimas. Estas poblaciones no se encuentran contabilizadas dentro de los territorios donde se asentaron. Por consiguiente, se plantea la siguiente pregunta: ¿cuáles son las potencialidades y también las limitaciones que los instrumentos de gestión territorial ofrecen a la reparación integral a las víctimas de desplazamiento en el escenario del retorno y/o la reubicación?

En la Ley 387 de 1997 sobre desplazados y en la Ley 1448 de 2011 sobre víctimas se establecen los procesos de reparación individual o colectiva que son apoyados a través de planes de retorno y reubicación como instrumentos de planeación. Desde la denominación de desplazados han pasado 24 años y desde su denominación como víctimas han pasado diez. Según cifras de 2019 hay 8 895 978 víctimas, 6 861 323 de las cuales están sujetas a reparación, pero esto no quiere decir que hayan dejado su condición de víctimas. Desde la Ley 1448 de 2011 se inició un proceso de transición para darle fin al conflicto, situación que no se encuentra superada. En cuanto a la reparación de las víctimas, aunque estas se encuentren identificadas en las bases de datos de la Unidad de Víctimas, la realidad que se encuentran en los municipios es otra: se limita a una cifra, se desconoce su ubicación en el territorio, si están en zona urbana o rural, si han conformado asentamientos, etc.

Ante esto surge la pregunta: ¿a qué se enfrenta un municipio como Mocoa al pensar en reparación, si el 50 % de su población es catalogado como víctima y se ha documentado que existen 21 asentamientos informales originados por el desplazamiento? Los municipios que se encuentran en sexta categoría como es el caso de Mocoa, poseen recursos limitados, sus bases cartográficas y catastrales son desactualizadas, todo ello impide que puedan obtener recursos para cubrir las necesidades básicas de la población. Los procesos que implican la legalización y titulación de los predios se evidencian a través del apoyo de organizaciones no gubernamentales.

La construcción normativa desde las políticas económicas, sociales y territoriales existe en forma de instrumentos legislativos, pero la implementación es el gran reto para las entidades territoriales. De los 1123 municipios que posee el país 963 se encuentran en sexta categoría, generando un mínimo de recursos. Los restantes 160 se encuentran entre la categoría especial y la quinta categoría, según datos de la Contaduría General de la Nación. La realidad es que la mayoría municipios no suple sus necesidades básicas y aunque existen los instrumentos, la falta de personas idóneas o con experticia en estos procesos los mantiene con una baja generación de recursos. La Ley 136 de 1994 establece que para obtener recursos los municipios deben tener un monto sobre los ingresos corrientes y cierta cantidad de población según la base oficial del DANE, para ello se debe remitir al censo de 2005. Esto está lejos de ser una cifra actualizada y desconoce el número de personas víctimas del conflicto que se ubican en estos territorios.

Adicionalmente, el 83 % de los 1123 municipios que posee Colombia, es decir 930, tiene un Esquema de Ordenamiento Territorial (EOT), con unos grandes déficits. Desde la formulación de estos planes de ordenamiento se debe incluir a los municipios priorizados a través de los Planes de Desarrollo con Enfoque Territorial (PEDET). Ese es uno de los lineamientos de los Acuerdos de La Habana con relación al desarrollo rural y es otro elemento que suma a la planeación del territorio una estrategia para suplir las necesidades inconclusas desde el sector rural.

Este trabajo surge de una investigación anterior en Mocoa en la que fueron analizados siete de los asentamientos conformados por población víctima en la zona suburbana y rural. Fue posible constatar que las víctimas se encuentran identificadas ante la Unidad de Víctimas, pero la administración municipal no las ha incorporado a la zona donde se encuentran y aunque han apoyado los procesos de legalización, esto solamente se ha dado en 3 de los 21 asentamientos que existen en el municipio. Entonces surgen las preguntas: ¿qué limita a estos municipios en el proceso de reparación?, ¿ la fecha en qué se ha avanzado en el proceso de los primeros planes de retorno y reubicación?, ¿qué impide a la administración municipal generar recursos para restituir los derechos de esta población?, ¿en qué momento esta población puede dejar su condición de víctima?

Para esta investigación se contó con el apoyo de ACNUR suboficina de Mocoa y la Unidad de Víctimas para analizar la situación de los primeros planes de reubicación. Para ello, fueron seleccionados el asentamiento de San Isidro, en la zona rural, y, en la zona urbana, el asentamiento de Palermo Sur. La administración municipal aportó las bases catastrales urbanas de los años 2016-2017 para analizar el tamaño de los predios en función del valor catastral con el fin de lograr una aproximación a la realidad de los recursos que genera. Esto se confrontó con el presupuesto vigente para el 2018.

El trabajo comunitario fue esencial para el proceso investigativo. Las comunidades de San Isidro y Palermo Sur contaron con el apoyo del equipo de trabajo social para realizar actividades de memoria, cartografía social y mapeo de sus debilidades y fortalezas, y así identificar los avances. En las diferentes etapas de la investigación se realizaron talleres con las comunidades y con los entes gubernamentales con el fin de socializar los resultados y recibir retroalimentación.

En la primera parte de este libro se analizan las bases conceptuales, teóricas y normativas. Así, en el primer capítulo se presentan las bases teórico-conceptuales; en el segundo se establece la base normativa para el tratamiento de las víctimas del conflicto a través de la justicia transicional; en el tercer capítulo se analiza la justicia transicional y la gestión territorial, como una construcción desde arriba.

En la segunda parte del libro, en el cuarto capítulo se presentará la situación de las víctimas en el contexto colombiano, para identificar los avances a través de los planes de reubicación; en el quinto capítulo se darán horizontes para los procesos de reparación a través de la gestión territorial desde la base de los planes de ordenamiento y la relación de las categorías de los municipios con las víctimas como una construcción intermedia y en el sexto capítulo se abordará la gestión social desde las comunidades como la base de una construcción desde abajo.

PRIMERA PARTE

Capítulo 1. Análisis conceptual

Reconstrucción conceptual: reparación integral, tejido social y desarrollo sostenible

El desarrollo sostenible desde la ecología contemporánea implica para Escobar (1995) diálogos interdisciplinares con actores institucionales y sociales de base, como práctica ético-política que visibiliza las luchas hacia la consolidación de identidades colectivas que resignifiquen las fronteras y relaciones sociales y culturales. Por lo anterior, las categorías conceptuales de construcción de tejido social y desarrollo sostenible en perspectiva territorial configuran una alternativa a la relación polémica que surge entre sociedad y naturaleza, a partir del cuestionamiento por el deterioro que genera la noción tradicional del desarrollo respecto a la dimensión ambiental, concibiendo el mundo como un sistema complejo. Esta lectura pone el énfasis en procesos territoriales en torno a la planeación y gestión territorial y atención a víctimas del conflicto armado interno desde el retorno y la reubicación como estrategia de reparación integral.

Bajo esta perspectiva, el presente capitulo reconstruye una serie de abordajes teóricos y conceptuales alrededor de las categorías: reparación integral, tejido social y desarrollo sostenible. Ellas son los ejes transversales que orientaron el proyecto de investigación Valoración del impacto de la legalización de asentamientos informales en la economía del municipio de Mocoa, cimentados bajo el paradigma emergente como base epistemológica de la lectura del contexto territorial del municipio de Mocoa, Putumayo.

Reparación integral: conceptualización jurídica y psicosocial

La reparación integral como concepto será abordado desde lo jurídico. Su conceptualización se plantea como horizonte de sentido para comprender los análisis desarrollados en el capítulo dos y tres respecto a la permanente búsqueda de una reparación integral para las víctimas, atenuando un acercamiento psicosocial que plantea como eje transversal la reparación asociada a las garantías de justicia, verdad y no repetición.

Desde la visión jurídica es deber del Estado, a través de la reparación integral, garantizar a los ciudadanos los derechos que hayan sido violados en contextos de conflicto armado interno. Se trata de un marco normativo que garantiza el goce de derechos y la eliminación de los efectos de las violaciones cometidas ante el Derecho Internacional Humanitario1:

La reparación integral es un derecho de las víctimas que supone para el Estado un conjunto de obligaciones reconocidos en principios, tratados e instrumentos internacionales de Derechos Humanos. Frente a las víctimas del desplazamiento forzado y del despojo de tierras y territorios, estas disposiciones parten de la identificación de los diferentes tipos de daños, desde un enfoque diferencial, así como la interrelación de los derechos que forman parte de la reparación integral, como son: la verdad, la justicia, la reparación y las garantías de no repetición. (Becerra et al., 2012, p. 40)

Es así, como la justicia transicional responde a los procesos de transformaciones trascendentes en ámbitos políticos, culturales y sociales. En el caso colombiano, esto tiene que ver con procesos de construcción de paz desde la finalización del conflicto armado interno con diferentes actores (Botero, Saffon, Uprimmy, 2006, p. 13). De acuerdo con el Derecho Internacional, al Estado colombiano le competen tres obligaciones fundamentales respecto a la reparación:

1) el deber de respetar los derechos establecidos en los tratados internacionales; 2) el deber de garantizar el goce y pleno ejercicio de los derechos reconocidos a las personas que se encuentran bajo su jurisdicción, y 3) el deber de adoptar las medidas necesarias para hacer efectivos los derechos protegidos. (Becerra et al., 2012, p. 16)

Los derechos a la verdad, justicia, reparación y garantías de no repetición se encuentran consagrados en varios instrumentos internacionales, y forman parte del bloque constitucionalidad colombiano. Esto supone para el Estado el deber de:

a) Adoptar disposiciones legislativas administrativas y otras medidas apropiadas para impedir violaciones; b) investigar las violaciones de forma eficaz, rápida, completa e imparcial, y en su caso, adoptar medidas contra los responsables; c) dar a las víctimas un acceso equitativo y efectivo a la justicia y d) proporcionar a las víctimas recursos eficaces para garantizar su derecho a la reparación. (Becerra et al., 2012, pp. 43-44)

En relación con la concreción de los deberes estatales, se obliga al Estado colombiano a implementar instrumentos, escenarios y procedimientos para proteger los derechos y la dignidad de las víctimas, teniendo el deber jurídico de:

1) prevenir razonablemente las violaciones a los Derechos Humanos; 2) investigar el alcance de las violaciones que se hayan cometido dentro su jurisdicción; 3) identificar, penalizar y sancionar a los responsables de conductas violatorias de los derechos humanos y 4) reparar el daño causado y hacer cesar sus consecuencias, es decir, el derecho a obtener una adecuada reparación. (Becerra et al., 2012, p. 16)

Cada uno de estos derechos reviste dimensiones individuales y colectivas, componentes diferenciados y pueden ser desarrollados a partir de la implementación de medidas de tipo normativo y reformas institucionales, así como mediante la adopción de procedimientos especiales de tipo administrativo, judicial o extrajudicial, que posibiliten la participación de las víctimas y garanticen el acceso a dichos derechos.

Para Rincón (2013) desde el derecho internacional la reparación hace referencia a una obligación y deber del Estado frente a la vulneración de derechos reconocidos a sus ciudadanos por hechos imputables que atentan contra la dignidad humana, los cuales incluyen: “todo daño causado, tanto el material como el moral” (p. 81). Este concepto de carácter jurídico hace referencia a “cuando se produce una violación de derechos humanos […] las víctimas tienen derecho a un recurso judicial efectivo que les garantice su derecho a la justicia, a la verdad, a la reparación y a las garantías de no repetición” (p. 35). Estableciendo que “el derecho a la reparación abarca todos los daños y perjuicios sufridos por las víctimas y comprende aquellas medidas que buscan suspender los efectos de las violaciones y restablecer a las víctimas en sus derechos” (p. 37-38). Por lo tanto, el Estado debe ser garante de la misma como se reiteró en los párrafos anteriores: “debe garantizarse a las víctimas manifiestas de derechos humanos y/o graves violaciones al Derecho Internacional Humanitario el acceso judicial adecuado, efectivo y rápido que les garantice acceso a la justicia y procedimientos justos”, el Estado no podrá privarlos de los mismos (p. 38).

La reparación entonces da cuenta de los esfuerzos que el Estado realiza para atender los daños y perjuicios que el hecho generó. Al respecto, Gómez y Márquez (2018) afirman que se debe viabilizar el compromiso del Estado con las víctimas, mediante la configuración de un aparataje institucional, judicial y normativo que promueva la justicia y la garantía de no repetición. Por tanto, “adquieren especial relevancia las formas de reparación no pecuniarias, que han de obedecer a la manera cómo el daño irradia sus efectos nocivos en la órbita material e inmaterial de quien lo padece” (p. 219).

Para Becerra et al. (2012), el derecho a la reparación es entendido bajo dos enfoques:

1) una perspectiva de reparación que privilegia la restitución sobre los demás componentes, haciendo énfasis particularmente en la restitución de bienes de contenido patrimonial, se debe dar prioridad manifiesta al derecho de restitución de tierras y viviendas abandonadas con motivo del desplazamiento, independiente de que se haga o no efectivo el derecho y 2) la otra perspectiva surgió en contextos de graves violaciones a los derechos humanos, en los que se hace difícil o imposible la aplicación de la restitutio in integrum, no prioriza de antemano ningún componente de la reparación y atiende a la complementariedad de todos ellos. (p. 47)

Los autores mencionados sostienen que alrededor de la reparación están la verdad, la justicia y las garantías de no repetición, entendidas como un conjunto de medidas orientadas a evitar la violación de los derechos de las víctimas, a prevenir la repetición de estas violaciones y a asegurar el respeto por el Estado de derecho y la protección de derechos humanos, entendiendo que los procesos de reparación individual y colectiva se instauran según Tonche y Umaña desde una perspectiva de justicia que reconoce tres factores:

primero, la reparación puede extenderse más allá de las dos partes en disputa, cobijando a toda persona o colectividad que pueda haber sido afectada; segundo, el resarcimiento no siempre debe ser material, puede ser moral, según la situación y el consenso entre las partes; tercero, es necesario resaltar que todos los participantes, participando de manera voluntaria en el proceso, tienen por ello normalmente un nivel de compromiso diferente con sus resultados. (2017, p. 235)

En Colombia se han implementado dos leyes relacionadas con este tópico; la primera de ellas fue la Ley de Justicia y Paz, 975 de 2005 y la Ley de Víctimas y Restitución de Tierras, 1448 de 2011. La primera de ellas se caracteriza por enunciar la reparación integral en el marco de los procesos de paz y de reincorporación de grupos al margen de la ley, ubicando desde la perspectiva de la justicia transicional procesos como la restitución, indemnización, satisfacción, rehabilitación y garantías de no repetición. En la segunda Ley (1448 de 2011), la reparación integral emerge del reconocimiento estatal del conflicto armado, ubicando en el centro de los procesos a las víctimas, a partir de procesos de reparación individual y colectivas, integrando componentes de orden material, no material y simbólico (Echavarría e Hinestroza, 2016, p. 131).

Para Becerra et al. (2012), el propósito de este conjunto de garantías es asegurar a las víctimas, en particular, y a la sociedad, en general, que no serán afectadas con la comisión de nuevos crímenes. Las garantías de no repetición, como parte de la reparación integral de los derechos a la tierra y al territorio, deberían concretarse en un conjunto de medidas encaminadas a:

1) dejar sin efecto las normas del derecho interno cuya aplicación favorezca la impunidad frente al desplazamiento forzado, o que contribuyan a la legalización del despojo; 2) fortalecer la independencia de jueces y fiscales en los procesos relacionados con el desplazamiento forzado y el despojo y 3) reconocimiento público de la existencia de víctimas del desplazamiento forzado y del despojo y adopción de medidas legislativas y reformas institucionales que posibiliten la garantía del derecho a la reparación integral. (pp. 51-52)

En el contexto nacional, para el Centro Internacional para la Justicia Transicional (ICTJ) y el Centro de Estudios de Derecho, Justicia y Sociedad (De Justicia) (2011) son tres los consensos en materia de reparaciones en los que se ha avanzado:

En primer lugar, […] el deber ético y jurídico de la satisfacción plena del derecho a la reparación. En segundo lugar, existe acuerdo en que para garantizar la reparación efectiva es necesario hacer uso de vías judiciales y administrativas. Finalmente, existe consenso en la necesidad de una política pública destinada a la restitución de los bienes y tierras que han sido arrebatadas por los actores armados. (p. 18)

La reparación integral consiste en las medidas que tienden a hacer desaparecer los efectos de las violaciones de derechos cometidas promoviendo el restablecimiento de la situación anterior al hecho que produce la violación de derechos, puesto que “una reparación adecuada tiene por finalidad promover la justicia, remediando las violaciones manifiestas de las normas internacionales de derecho humanos o graves violaciones del derecho internacional humanitario” (Rincón, 2013, p. 83).

El Grupo de Trabajo Pro Reparación Integral (Becerra et al., 2012), plantea que la reparación integral implica la generación de medidas para la satisfacción, restitución, indemnización, rehabilitación de personas y colectivos víctimas, teniendo en cuenta los caracteres diferenciales de género, edad, etnia, organizacionales (enfoque diferencial) y además implica la reparación política para que esas medidas de protección permanezcan en el tiempo, los hechos violentos no vuelvan a suceder y se subsanen los impactos que vivió la sociedad, en su conjunto, a causa de la generalidad y sistematicidad de la violencia (p. 6).

Rincón (2013), por su parte, contempla la reparación integral en cinco mecanismos de restablecimiento de los derechos que incluyen la restitución, la indemnización, la rehabilitación, la satisfacción y las garantías de no repetición. En cuanto a los procesos de reparación que involucran medidas de reubicación o retorno, es vital contar con bases comunitarias que movilicen la sostenibilidad de los procesos, a fin de consolidarse como interlocutores ante la institucionalidad, puesto que:

De igual manera a las entidades locales, les queda el reto de incluir las diferentes metodologías del proceso de reubicación, dentro de sus ejercicios de articulación interinstitucional con miras a que la atención y restablecimiento de los derechos de la población desplazada esté inmersa dentro de la coordinación y articulación interinstitucional para garantizar que el impacto de estas atenciones se refleje en la garantía de derechos. (Diago, 2017, p. 80)

Para el Grupo de Trabajo Pro-Reparación Integral (2012), de conformidad con los principios de restitución de vivienda, tierras y patrimonio los Estados deben prever el acceso de las víctimas a la justicia y su participación en los procedimientos establecidos a partir de las siguientes medidas:

i. garantizar que todas las personas afectadas tengan conocimiento de los procedimientos de reclamación de la restitución; ii. garantizar la prestación de una asistencia jurídica adecuada y, de ser posible gratuita, a quienes deseen presentar una reclamación de restitución; iii. velar porque los programas de restitución de viviendas, tierras y patrimonio, se lleven a cabo previo mantenimiento de consultas apropiadas con las personas, las comunidades y los grupos afectados y con su adecuada participación; iv. garantizar en particular, que las mujeres, las poblaciones indígenas, las minorías raciales y étnicas, las personas de edad, los discapacitados y los niños estén adecuadamente representados e incluidos en los procesos de adopción de decisiones sobre la restitución, así como que dispongan de la información y los medios necesarios para participar en ellos de forma efectiva. (p. 48)

Por ello, las medidas orientadas a la reparación integral de los derechos de las víctimas del despojo de tierras y territorios, especialmente en la restitución y las garantías de no repetición, requieren contemplar los vínculos entre territorio y cultura:

Así, las medidas de reparación no llenarán todos los vacíos de las violaciones a los derechos, pero ayudarán a superar las injusticias recientes e históricas para garantizar la pervivencia digna y segura de los pueblos, de manera que puedan reproducir sus estructuras sociales y culturales con autonomía.2 (De Justicia y Organización Nacional Indígena de Colombia [ONIC], 2011, p. 13)

A este respecto, la perspectiva expuesta por Botero (2005) reafirma que la política de reparación debe ser implementada de la mano de otras medidas de prevención, protección y asistencia humanitaria a víctimas, lo cual resulta costoso e institucional y operativamente complejo.

Un acercamiento psicosocial a la reparación integral

A partir de las recomendaciones y retos en los procesos de reparación integral desde una lectura psicosocial, el Grupo Pro-Reparación Integral (Becerra et al., 2012) identifica como aportes del trabajo psicosocial en la salud mental3:

1) El fortalecimiento de los recursos internos de las víctimas para transitar el largo camino de la búsqueda de verdad, justicia y reparación, como a las apuestas organizativas y por los hechos de violencia política y que pueden verse exacerbados o cronificados en escenarios de revictimización y retraumatización y 2) la construcción de demandas de reparación de cara a los daños y a las expectativas de las víctimas e incide en la adopción de lineamientos de atención que contribuyan a la recuperación emocional de las víctimas. (pp. 110-111)

De esta manera, la atención y el acompañamiento psicosocial y en salud mental a las víctimas debe realizarse con base en criterios y principios éticos y políticos, tales como:

1) La comprensión de la experiencia de las víctimas (individuos, familias y colectivos), sin aislarlos del contexto social, político, económico y cultural.

2) El respeto a la diversidad y a las particularidades étnicas y culturales de la población (enfoque diferencial).

3) La construcción de procesos teniendo en cuenta las necesidades de las víctimas con el fin de evitar la estandarización de estos.

4) El reconocimiento de los daños ocasionados a las víctimas, pero también su papel activo en los procesos organizativos y de exigibilidad. (Becerra et al., 2012, p. 111)

Algunas de las perspectivas evaluadas por Becerra et al. (2012) para la intervención en el marco de la reparación integral son:

•Comprender de forma holística la reparación integral de las víctimas del conflicto armado interno y la reintegración de los excombatientes, como escenario vital de corresponsabilidad a largo plazo para la construcción de nuevas ciudadanías desde el fortalecimiento de la socialización democrática y la ética del cuidado, en el panorama de un futuro postconflicto desde la perspectiva de reparación moral, simbólica y material. Dejar a un lado la resignificación de este espacio ante el conflicto y las posibilidades que desde allí se pueden desplegar para trascender de la atención denominada “integral”, puede extinguir los aportes de procesos estratégicos que involucren, por ejemplo, la formación y el posicionamiento político entre otros elementos, que promuevan la reconciliación desde apuestas de reconocimiento y autocuidado para promover el cuidado y bienestar del otro.

•Reconocer a las víctimas del conflicto armado y excombatientes como actores sociales y políticos clave en el proceso de reparación integral, reintegración y consolidación de paz y reconciliación en el postacuerdo. Aportar al reconocimiento de sus valores, cultura, capacidades, recursos y potencialidades que deben buscar desplegarse como estrategia de desarrollo humano, a partir de los planes, programas y proyectos que trabajan en esta línea. Esto con el objetivo de superar la visión de incapacidad que postulan los procesos asistencialistas y posibilitar la reivindicación de sus voces, sus experiencias, sus historias de vida y participación social, a partir del reconocimiento político en perspectiva de equidad y justicia social.

•Abordar las intervenciones en lo social desde el paradigma de los derechos y su garantía en pro de la justicia, la paz y la reparación integral. En específico, es necesario posicionar el enfoque de derechos como posibilidad de no repetición, con el fin de aportar a la reivindicación del derecho, por ejemplo, al acceso y tenencia de la tierra a poblaciones a las que tradicionalmente les ha sido negada dicha titularidad, haciendo especial énfasis en los grupos de mayor vulnerabilidad y de mayor atención por parte del Estado, definidos por las sentencias de la Corte Suprema de Justicia, como lo son: las mujeres, las comunidades afro, las personas con discapacidades, los niños y niñas, entre otros, generando desde allí reivindicaciones de derechos individuales y colectivos.

Tejido social: vínculos entre la innovación y el capital social

Lo social se caracteriza por configurarse como una construcción histórica e interdisciplinar, que moviliza relaciones subjetivas e intersubjetivas materializadas por el lenguaje, permeadas por imaginarios y representaciones que transcurren en la vida cotidiana, como lo proponen Berger y Luckmann (2003). Ello es visible en el entramado ecológico en el que transitan dimensiones culturales, políticas, ambientales, territoriales, epistemológicas, históricas, simbólicas, entre otras, las cuales a su vez propician tensiones entre lo individual y lo colectivo, como lo enuncia Caraballeda en el marco de la: “‘crisis de la modernidad’, lo que implica una serie de fisuras y continuidades en conflicto” (2002, p. 36).

Bajo esta óptica, el abordaje del presente apartado contribuye a comprender los desarrollos que presenta el capítulo tres y cuatro, toda vez que sus contenidos se relacionan con la emergencia de diferentes conceptos que buscan tramitar rutas para atender los conflictos gestados en el campo de lo social. De esto da cuenta la producción intelectual en torno a las nociones de innovación, capital y tejido social, que datan sobre todo de los años 1993-2016, como periodo de tiempo con álgidos debates y avances académicos de cara a la articulación entre ciencias y realidad, desde un escenario de aplicabilidad y tecnología. En este periodo aparecen diferentes acentos conceptuales respecto a la comprensión de la innovación social, articulada a procesos vinculados con territorios, asentamientos y desplazamiento.

Las conceptualizaciones sobre innovación social son recientes, en su origen aparecen como elementos relevantes para la discusión de dicha categoría el capital y el tejido social, conceptos que plantean el impacto o incidencia esperados en los procesos de innovación social, que integran dimensiones tecnológicas, ambientales y humanas, en la búsqueda de alternativas originales y creativas de afrontar la complejidad de los problemas sociales actuales, entre ellos la pobreza.

Los textos referenciados provienen de diferentes países, sobre todo de Colombia. Es una producción caracterizada por vincular la innovación social como respuesta a las precarias condiciones de vida que traen las consecuencias de los diferentes conflictos y violencias, desde dos abordajes: el de la teoría administrativa y el de la teoría social. Un texto fundamental para el análisis de la innovación social es el artículo elaborado por Hernández-Ascanio, Tirado-Valencia, Ariza-Montes (2016), titulado “El concepto de innovación social: ámbitos, definiciones y alcances teóricos”. Este texto aborda los desarrollos del concepto y sus múltiples ópticas disciplinares e interdisciplinares, afectadas por los contextos históricos y sociales.

Bajo estas perspectivas, Lope-Bello (1993) en su libro Urbanismo, poder público y participación ciudadana, conecta los discursos entre el urbanismo, el lugar del Estado y los derechos, desde el desarrollo de temáticas como la participación ciudadana y el territorio, garantía estas de procesos de inclusión desde la innovación social. Por otro lado, Kliksberg (1999) relaciona las implicaciones de la pobreza en asentamientos territoriales, asumiendo el capital social desde las expresiones culturales como alternativa de innovación social para incidir en este escenario, bajo apuestas de desarrollo regional en América Latina.

Cercano a las problemáticas trabajadas por dicho autor, en Colombia, Bello (2001) propone en su libro Desplazamiento forzado y reconstrucción de identidades un abordaje problematizado del fenómeno social del desplazamiento forzado, enfatizando en los conflictos de desarraigo e identidad que genera tal situación, presentando los impactos generados en el ámbito personal, familiar, económico, cultural entre otros, desde la configuración de identidad. Bello y Villa (2005) continúan su debate en el libro El desplazamiento en Colombia regiones, ciudades y políticas públicas, publicado por la Red de Investigaciones sobre Desplazamiento Forzado (REDIF). Este texto enfatiza el análisis de los desarrollos urbanos y regionales a partir de la reorganización territorial que ha dejado el conflicto armado interno en Colombia en las regiones, y cuestiona el lugar de las políticas públicas en este entramado.

En el escenario internacional, el texto ¿Qué es el capital social comunitario? de Durston (2000) realiza un análisis de la trayectoria del concepto de capital social, articulado a la propuesta planteada, en primer lugar, por Bourdieu en términos de recursos y posibilidad, asociado con elementos como la confianza, la reciprocidad y el vínculo institucional. Articulado con esta lectura, el texto Capital social e institucionalidad: la experiencia del Proyecto IICA-Holanda de Miranda (2003) integra la discusión entre el capital social y la pobreza en escenarios rurales, a partir de un proyecto de cooperación internacional agrícola sostenible, que integra los múltiples actores en pro del bienestar del planeta y de los sujetos, con enfoques participativos, territoriales y multisectoriales, priorizando la articulación desde la acción local.

Respecto a la innovación y el capital social, varios textos concentran su atención en la relación entre pobreza, territorio y construcción de tejido social, posicionando la necesidad de dar respuestas pertinentes y coherentes con las dinámicas locales. Reconociendo los modelos de desarrollo y sus debates en el contexto descolonial latinoamericano están los textos de: Arriagada y Miranda (2003) Capital social: potencialidades analíticas y metodológicas para la superación de la pobreza; Atria y Siles (2003) en el libro Capital social y reducción de la pobreza en América Latina y el Caribe: en busca de un nuevo paradigma; y Beristain y Dona, (2004) en su obra Reconstruir el tejido social: un enfoque crítico de la ayuda humanitaria.

Llama la atención el cruce de perspectivas sobre la innovación y el tejido social, en particular en grupos étnicos indígenas, los cuales históricamente han sido víctimas de conflictos y violencias como el desplazamiento forzado. Estas situaciones han sido estudiadas por autores como González y Maldonado (2014) en el artículo “El capital social comunitario, una estrategia contra la pobreza en los pueblos indígenas del estado de Guerrero”, y Pacheco (2016) en el artículo “Educar para reconstruir el tejido social”. Estos documentos evidencian las luchas de los grupos indígenas para defender y continuar sus tradiciones como forma de resistencia a partir de la organización comunitaria.

La innovación social se configura como concepto flexible, complejo y multidimensional que involucra elementos éticos y políticos en términos de su intencionalidad como alternativa a las problemáticas sociales, ambientales y económicas coyunturales, matizados según Hernández-Ascanio y otros (2016) por corrientes de comprensión de dicha noción así: (1) la innovación social como una aplicación de la invención técnico-científica; (2) la innovación social como forma de contribuir a un mejor desarrollo de la sociedad; (3) la innovación social liderada por organizaciones con fin social y (4) el estudio de la sociedad como contexto de generación de innovaciones sociales.

Por lo anterior, la innovación social no se limita al emprendimiento social, ni a las empresas sociales, puesto que es vinculante con los procesos de construcción, gestión y evaluación de políticas públicas e inclusión social. En este sentido, para Crozier y Friedberg:

La Innovación Social es interpretada como un proceso de creación colectiva en el cual los miembros de una unidad colectiva aprenden, inventan y establecen nuevas reglas para el juego social de la colaboración y del conflicto (práctica social) y en este proceso adquieren las habilidades cognitivas, racionales y organizacionales. (1990, p. 11)

Hernández-Ascanio et al. plantean respecto a la innovación social que

Aunque una primera aproximación al término innovación parece concebirlo como la manifestación de la invención y de la creatividad en nuevas formas de mercados y valores económicos, su desarrollo e impacto en el tejido social implicará un amplio abanico de actividades económicas y productivas que ponen de manifiesto su propósito, que no es otro que la mejora continua del producto, del mercado, de la organización, de la sociedad, del entorno y, en definitiva, del bienestar de las personas y de la sociedad. (2016, p. 173)

De esta manera, la innovación social requiere de procesos de construcción de conocimiento y transformación social que generen valor agregado en escenarios micro y macrosociales, integrando multiplicidad de actores internos y externos a las organizaciones, grupos, comunidades y demás formas de auto y ecoorganización, a partir de lógicas de solidaridad, confianza, colectividad y asociatividad para enfrentar los desafíos del modelo neoliberal, capitalista e individual imperante. Kliksberg plantea que “nos acerca al campo de nociones y prácticas sociales como la economía cooperativa y solidaria, la acción comunitaria o los llamados comunes urbanos, a las que consideramos dentro de la misma familia conceptual de la innovación social” (1999, p. 23).

Las concepciones de la innovación social tienen acentos en los diferentes actores y en los objetivos a alcanzar, puesto que se configura como un espacio de hibridación en donde hay actores públicos, sociales y privados. Por ello, la innovación social entendida como nuevas ideas, productos, servicios o modelos que permiten satisfacer las necesidades sociales es vista, entonces, como un proceso de transformación de las relaciones sociales de poder, o como un valor transformador que puede ser variable (Kliksberg, 1999).

La innovación social debe asimilarse con la alternatividad en vez de con la novedad, ya que promueve alternativas a modos dominantes desde propuestas de transformación social hacia la consolidación de estrategias de empoderamiento de los grupos sociales vulnerables y excluidos. Así:

La innovación social implica el empoderamiento de los grupos sociales previamente excluidos, de tal manera que esta constituye un proceso en el que los grupos sociales previamente desmovilizados y silenciados ganan conciencia de la naturaleza social de sus necesidad y derechos, articulan colectivamente sus demandas sobre la base de nuevas capacidades de organización”. (Kliksberg, 1999, p. 25)

Por ende, la innovación social implica cambios sustanciales en las relaciones de poder que existen entre grupos sociales, sociedad civil, mercado, entre otros, a partir de la apuesta por el capital social. Esto se fundamenta en un proceso estratégico de formación integral de actores sociales que permita cambios en las habilidades, destrezas y actitudes de las personas, con impactos a la vida cotidiana. Según Miranda (2003): “la esencia del proceso de innovación social se fundamenta en la posibilidad de generar procesos políticos que conduzcan a la construcción de las bases de una democracia participativa y directa” (Miranda, 2003, p. 117).

A partir del trabajo de Durston (2000), se retoma la noción de capital social planteada por Bourdieu como un entramado de recursos vigentes y potenciales, como una configuración de red relativamente consolidada y con reconocimiento común, a partir de la cual se asume el capital social como un término vinculado a:

normas, instituciones y organizaciones que promueven: la confianza, la ayuda recíproca y la cooperación. El paradigma del capital social (y el del neoinstitucionalismo económico en que aquél se basa en parte) plantea que las relaciones estables de confianza, reciprocidad y cooperación pueden contribuir a tres tipos de beneficios: reducir los costos de transacción, producir bienes públicos, y facilitar la constitución de organizaciones de gestión de base efectivas, de actores sociales y de sociedades civiles saludables. (Durston, 2000, p. 7)

El capital social se configura entonces como una estrategia para atacar el analfabetismo relacional, planteado por Fernández (2008), quien lo considera como la ausencia de habilidades sociales básicas para consolidar una interacción e inclusión en los entornos comunitarios, producto del modelo individualista y segmentario dominante. Hay que tener en cuenta tres elementos fundamentales para configurar el capital social como el principal recurso con el que se cuenta en los procesos sociales y comunitarios: el análisis de las consecuencias de las interacciones sociales, el análisis de la interacción social a partir del análisis de redes y las teorías de organización y movilización de recursos (Fernández, 2008, p. 18).

Por lo anterior, se aborda el concepto del capital social desde dos ejes: como una capacidad especifica de movilizar recursos por parte de un grupo y como la disponibilidad de redes de relaciones sociales, articulado con la solidaridad que una persona o grupo siente por los demás. En ese caso, el capital social puede entenderse como la capacidad efectiva de movilizar de manera productiva y para beneficio conjunto, los recursos asociativos de las redes sociales a las que tienen acceso, vistos como activos intangibles que movilizan múltiples agentes individuales y colectivos. Ante ello, Arriagada y Miranda afirman que

Existen dos enfoques principales entre los fundadores y los continuadores del tema del capital social. El primero se centra en el conflicto, al destacar la existencia de desigualdades en las dotaciones de capital social y en el uso de este para la mantención de posiciones de poder, considerando el conflicto político y el conflicto interno en las comunidades. […] el segundo enfoque destaca el consenso, la cooperación y la coordinación, aspectos más relacionados con la confianza y la posibilidad de entrar herramientas y capacidades a los menos dotados. (Arriagada y Miranda, 2003, p. 18)

En este sentido, el capital social no está distribuido de manera equitativa en el nivel educacional y socioeconómico, tampoco en términos de género, etnia o geografías urbanas o rurales. Se requiere de abordajes característicos y diferenciales para promover el capital social en sectores excluidos, ayudando a que se transformen en actores sociales válidos. Para ello es necesario que el Estado ejerza un papel más proactivo, donde el trabajo del mercado y el capital social rescata y revaloriza temas ausentes en programas sociales o económico-sociales. En donde el perfil de la pobreza se caracteriza como una condición de necesidades básicas insatisfechas, y se la relaciona con la falta de ingreso y empleo.

Kliksberg (1999) reconoce que el capital social se presenta en el plano individual con el grado de integración social de un individuo con su red de contactos sociales, así como en el plano colectivo, en donde se siguen normas tácticas de preocupación por los demás y de no agresión, el capital social estará produciendo orden público. Ahí este se relaciona con la cohesión social e identificación con las formas de gobierno y con las expresiones culturales que hacen que la sociedad sea cohesiva.

El capital social, es visto como una forma innovadora de comprender las conexiones intercomunitarias que permitan que se dé un respiro de protección ante la adversidad y la exclusión social, entendido como un conjunto de relaciones basadas en la confianza y comportamientos de cooperación y reciprocidad:

El capital social son los recursos socio-estructurales que constituyen un activo de capital para el individuo y facilitan ciertas acciones de personas que están adentro de esa estructura, el capital social posibilita el logro de ciertos fines que no serían alcanzables en su ausencia. (González y Maldonado, 2014, p. 124)

Ante ello, es un deber incluir al capital social como parte de los elementos de las estrategias de las políticas públicas para lograr la reducción de la pobreza, toda vez que:

quienes sostienen que los diseñadores de políticas nunca lograrán acciones efectivas para la reducción de la pobreza mientras no incluyan al capital social como parte de los elementos de la estrategia de las políticas públicas, sobre todo las orientadas a los pueblos originarios, donde se mantienen las prácticas y acciones, como el tequio, la mano vuelta, la faena, la justicia a través de la policía y la asamblea comunitaria, entre otras formas de la toma de decisiones. (González y Maldonado, 2014, p. 122)

Así las cosas, el capital social se consolida desde la interacción y generación de vínculos, por tanto, es la estructura de dicha interacción la que contiene elementos que contribuyen al capital social, ya que presupone cooperación y coordinación donde los entes gubernamentales deben jugar el rol de acompañantes en los procesos iniciados por la colectividad.

Tejido social: resignificación de las dinámicas territoriales

Una situación que afecta la consolidación de capital social en el territorio colombiano es el desplazamiento causado por el conflicto armado interno. Esta situación genera fracturas en la confianza y el tejido social, constituyendo problemas y tensión para las familias y los individuos. Como lo mencionan Bello y Villa:

El conflicto armado a través del desplazamiento forzado ha logrado producir una compleja relación entre destierro, desarraigo y despojo de espacios de vida y agregación y producción social de otros nuevos. Pero estos dos polos no pueden ser considerados como lugares diferentes o independientes, se conectan y son parte constitutiva de los procesos de desigualdad, exclusión y marginamiento social que se identifican en las nuevas y complejas dinámicas de producción urbana. (2005, p. 42)

Lo anterior plantea el desplazamiento forzado como una variante agregada a la exclusión. Las personas en condición de desplazamiento se entrelazan con la producción de capital social perverso y desde las prácticas cotidianas la inserción a la ciudad por condición de grupos vulnerables, precarizados y marginales, donde se generan condiciones de pobreza, afectan a jóvenes y adultos, además de a los niños quienes se enfrentan a situaciones nuevas de exclusión que no les permiten vivir bien. Según Bello:

El desplazamiento implica perder el lugar en el que se ha construido toda una historia. Esta pérdida lleva a asumir nuevas actitudes, costumbres y actividades, lo que, a su vez, trae consigo sentimientos de incertidumbre, miedo, dolor, rabia y desarraigo. Estos sentimientos ponen en juego la identidad de la persona, la salida abrupta y el ingreso a contextos distintos y ajenos provocan una serie de transformaciones en la identidad de los desplazados puesto que sus rutinas, sus pertenencias, sus señales distintivas y sus relaciones deben modificarse en virtud de su nueva situación, lo que altera significativamente la realidad objetiva y subjetiva del individuo. (2001, p. 167)

Restaurar el tejido social en estos escenarios como aporte a la configuración de capital social, implica gestar una tarea compleja y polifónica que se proyecta a largo, mediano y corto plazo, depende de cada persona promover la justicia social, la equidad de género, la sostenibilidad, los derechos humanos, entre otros para poder restaurar el tejido social. Este último concepto es comprendido por Pacheco como: “una relación entre un sujeto y su sociedad, un sujeto dotado de una capacidad práctica de autoafirmación, distinto de un sujeto meramente individualizado que no tiene elección y que se separa de su contexto” (2016, p. 60). Coherente con ello, se puede fortalecer el tejido social desde el fortalecimiento del capital social, así como la cultura de paz por medio de proyectos enfocados a la reducción de las vulnerabilidades y violencias de diferente orden.

Para consolidar tejido social se requiere fomentar ejercicios de participación. Para Urrea, esta puede ser entendida no solo como:

un deber sino también como un derecho de los ciudadanos y ciudadanas, cuyo ejercicio implique un compartir poder, donde las partes mediante el disenso y la negociación cumplan lo pactado y propendan por la transformación de realidades y condiciones sociales, generando mayor confianza en la relación con la misma comunidad y con el Estado. La participación debe convertirse en un baluarte contra la corrupción, los privilegios, distorsiones del desarrollo y abuso del poder económico y político; debe ser un instrumento para erradicar la polarización de la acción social y política. (2001, p. 29)

De acuerdo con esta conceptualización, la participación posee diferentes modalidades que aportan a la consolidación de un tejido social como lo son: la participación política, ciudadana, comunitaria y democrática. En este orden de ideas, Lope-Bello (1993) reconoce como vitales, en la consolidación de tejido y capital social, a los mecanismos de participación ciudadana pues permiten la toma de las decisiones políticas, así como de asumir por sí mismos la función de la toma de decisiones, optando por un esquema de democracia representativo-participativa. Esto permite enfrentar la crisis económica del Estado que llama a la necesidad de la participación ciudadana como una forma de descargar acciones sobre la sociedad civil y responsabilidades públicas, asociándolas a la necesidad de disminuir la acción gubernamental.

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Release date on Litres:
22 October 2025
Volume:
185 p. 43 illustrations
ISBN:
9786287510067
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